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La carta internacional de Petro
Por: Nelson Camilo Sánchez León | Diciembre 19, 2013
Desde el día que conoció la noticia de la decisión de la Procuraduría sobre su destitución y e inhabilidad para ocupar cargos públicos por 15 años, la defensa jurídica del alcalde Gustavo Petro empezó a mirar al norte. Particularmente a Washington, sede de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH).
Por razones jurídicas y de confianza política era una movida evidente. Por un lado, el marco de maniobra jurídico en el país está complicado, especialmente por las decisiones de la Corte Constitucional en donde se han avalado los poderes de la Procuraduría – con mayor razón después de la decisión en el caso de Piedad Córdoba.
Por otro lado, tres razones estimulan la confianza de Petro en el sistema regional de derechos humanos. La primera es que el sistema ya le ha tendido la mano en el pasado, cuando era opositor y se enfrentó a “las mafias”. En los momentos más álgidos de persecución y amenaza tanto Petro como otros de sus colegas de la Bogotá Humana – entre ellos Holman Morris – encontraron en la CIDH su única instancia de protección.
La segunda razón es por el ya multicitado artículo 23 de la Convención Americana de Derechos Humanos y el precedente del caso López contra Venezuela, el cual parece darle la razón al argumento de la defensa del alcalde. Ese precedente internacional leído conjuntamente con la teoría colombiana del bloque de constitucionalidad, que le da cabida directa a las decisiones internacionales en el derecho interno, puede ser el salvavidas legal que busca el alcalde.
El tercer fundamento es la lealtad que la Bogotá Humana le ha dispensado a la CIDH. En los últimos tiempos en los que los gobiernos del Alba enfilaron una campaña a muerte contra la CIDH el aliado incondicional de este organismo fue, ni más ni menos, la administración de Petro. La alcaldía se la jugó por la CIDH: organizó foros (incluyendo aquel en donde varios personajes – entre ellos el ex presidente Gaviria – firmaron una declaración de apoyo a la CIDH), Canal Capital promovió la defensa de la Comisión con programas y comerciales publicitarios, y hasta intentó tender puentes con los gobiernos de Correa y Chávez.
Petro tiene pues razones para prenderle velitas a la CIDH y buscar cobrarle el favor.
Pero la cuestión no está tan fácil. El asunto jurídico es un tanto complicado. Si bien el caso de López parece otorgarle la razón a Petro en que una autoridad administrativa no puede suspender derechos políticos (algo que solo podría hacer un juez penal), este argumento parece servir solo para la inhabilidad pero no para la destitución.
Ya, de hecho, el ex presidente de la Corte IDH – con sede en Costa Rica y que es la última intérprete de la Convención, por encima de la CIDH – advirtió que “de momento, la Corte no ha conocido un caso esencialmente igual al de Petro”. Lo que en castellano significa que no necesariamente lo que se dijo en el caso López se repetiría en este.
Para agregarle a esto, un caso contencioso – como se le denomina a una demanda contra el Estado – tardaría años en resolverse. Por eso es que Petro le apuesta a una medida de emergencia para proteger sus derechos, a la que en el ámbito interamericano se le denomina “medida cautelar”. Una especie de “mientras tanto” que le permita quedarse en el puesto y terminar su período. El problema es que tanto la CIDH como la Corte IDH han sido siempre muy tímidas para otorgar estas medidas en casos en los que no está de por medio la vida o la integridad de una persona.
No se ha decidido un caso idéntico al de Petro, pero uno similar parece darle malas noticias al alcalde. Es el caso de Jorge Castañeda Gutman que también se refería a derechos políticos. En ese caso Castañeda pidió a la CIDH que mientras su asunto se resolvía le permitiera ser candidato a las elecciones presidenciales de México. Su argumento era que si esperaba a que el caso terminara ya habría ocurrido el perjuicio irremediable. La CIDH le halló la razón, pero no así la Corte IDH, que desestimó la solicitud echó para atrás la decisión de la Comisión.
Motivos de esperanza en el sistema interamericano debe tener el alcalde, pero tampoco puede cantar victoria por adelantado.