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La Corte Constitucional escuchó a los líderes y las lideresas sociales
Por: Dejusticia | Febrero 2, 2021
Bogotá, 2 de febrero de 2020. El viernes 29 de enero la Corte Constitucional seleccionó el expediente de tutela que solicita garantías de seguridad para los líderes y las lideresas sociales*. En diciembre del 2019, diez líderes y lideresas sociales interpusieron una tutela porque se estaba vulnerando su derecho fundamental a defender derechos. Esto se debe principalmente a la falta de garantías para ejercer su labor de liderazgo social debido al incumplimiento de lo pactado en el Acuerdo Final de Paz, donde se establecía de manera especial salvaguardas tanto para su vida como su activismo en los territorios.
Desde el año 2016, tras la firma del Acuerdo Final de Paz, el contexto de violencia contra líderes y lideresas sociales no ha cesado ni un segundo. A pesar del alto subregistro existente, las cifras de asesinatos, atentados, desapariciones y otras violencias continúan siendo aterradoras: de acuerdo con Indepaz, en tan solo un mes de lo que va del 2021 han sido asesinados 18 líderes sociales y según el programa Somos Defensores, de enero a septiembre de 2020 se registraron 135 asesinatos. Hoy, el daño para la democracia, la vida en sociedad y la paz en toda Colombia es irreparable.
Esta tutela lleva un largo camino que empezó en el Juzgado 45 Civil del Circuito de Bogotá y en la Sala Civil del Tribunal de Bogotá. En las primeras decisiones, los jueces constitucionales vieron vulnerados los derechos de las accionantes y emitieron las siguientes órdenes: el reconocimiento y obligación de garantizar el derecho a defender derechos; la reactivación de la Mesa Nacional de Garantías y de las Mesas Territoriales de Garantías; la elaboración de una campaña por parte de la Presidencia que atienda la estigmatización de los líderes y lideresas sociales; y la inclusión de un enfoque étnico racial y cultural en las medidas de seguridad por parte de la Unidad Nacional de Protección (UNP). Sin embargo, las instituciones del Estado aún no han cumplido satisfactoriamente con lo ordenado y la situación sigue siendo preocupante.
Además, no se establecieron órdenes en cabeza de la Fiscalía General de la Nación y se desconoció su importante papel en la investigación y en el desmantelamiento de organizaciones criminales que atentan contra los derechos de las lideresas y los líderes sociales.
Por eso, recibimos con esperanza que la Corte Constitucional haya escuchado a casi 200 defensores de derechos humanos que solicitaron la revisión de la acción de tutela antes mencionada y que contó con el apoyo de varias organizaciones de la sociedad civil y sectores de la academia.
Esto podría abrir el camino a la adopción de órdenes orientadas a implementar las medidas contempladas en el Acuerdo Final de Paz, que tienen la potencialidad de transformar la violencia en los territorios a favor de la invaluable labor por la defensa de los derechos humanos en Colombia. Lo anterior, por cuanto fueron diseñadas pensando en los desafíos que podría traer el escenario del pos-acuerdo con la desmovilización de las extintas FARC-EP.
La Corte Constitucional tendrá la posibilidad de estudiar las obligaciones del Estado frente al derecho a defender derechos, la obligatoriedad de la implementación de las medidas de seguridad del Acuerdo Final de Paz para enfrentar la situación de violencia actual que sufren los líderes sociales. También analizará si procede o no la declaratoria de un Estado de Cosas Inconstitucional por la grave situación de seguridad que enfrentan quienes ejercen la defensa de los derechos humanos, figura por medio de la cual la Corte Constitucional tiene la posibilidad de hacer seguimiento exhaustivo a las políticas del Gobierno para enfrentar tal situación.