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La discriminación de las víctimas de agentes de Estado

EL PASADO JUEVES FUE UN DÍA ambiguo para las víctimas de agentes estatales pues recibieron el reconocimiento de un alto funcionario internacional, pero al mismo tiempo la incomprensión, por decir lo menos, de parte del Gobierno.

Por: Rodrigo Uprimny Yepesjunio 23, 2009

EL PASADO JUEVES FUE UN DÍA ambiguo para las víctimas de agentes estatales pues recibieron el reconocimiento de un alto funcionario internacional, pero al mismo tiempo la incomprensión, por decir lo menos, de parte del Gobierno.

Ese día, Philip Altson, el Relator de la ONU sobre ejecuciones extrajudiciales, señaló que los asesinatos premeditados y a sangre fría cometidos por agentes estatales —los mal llamados “falsos positivos”— no eran fantasías ni denuncias temerarias de opositores del Gobierno. El Relator encontró que esas matanzas han ocurrido y que si bien no hay pruebas de que sean una política oficial del Gobierno, tampoco son hechos aislados. En sus palabras, la cantidad de casos, “su repartición geográfica y la diversidad de unidades militares implicadas indican que éstas fueron llevadas a cabo de una manera más o menos sistemática, por una cantidad significativa de elementos dentro del Ejército”.

El Relator, un académico muy respetado, señaló también que las víctimas de agentes estatales deben ser reparadas en igualdad de condiciones a las otras víctimas.

Ese jueves, sin embargo, el Presidente hundió el proyecto de ley de víctimas porque el texto que iba a ser adoptado trataba de la misma forma a todas las víctimas de crímenes atroces, pues preveía para todas ellas una reparación administrativa, esto es, sin necesidad de proceso judicial. El Gobierno ha sostenido que reparación administrativa de una víctima estatal requiere una prueba judicial previa de la responsabilidad estatal. Pero esa propuesta gubernamental es absurda y discriminatoria.

Es absurda pues, como lo indiqué en otra columna, desconoce la finalidad de los programas administrativos de reparación. Estos existen porque es difícil que una persona pruebe, con los exigentes estándares judiciales, que fue víctima de un atropello y quiénes fueron sus autores. Por eso se establecen programas masivos de reparación administrativa, que para incluir a todas las víctimas, son menos exigentes probatoriamente y otorgan indemnizaciones menores.

Si a una víctima de Estado se le exige que en todo caso pruebe judicialmente la responsabilidad estatal, ¿para qué va acudir a la vía administrativa, si ya puede obtener la reparación judicial, que es integral? El requisito del Gobierno equivale a una exclusión de las víctimas de Estado de los beneficios de la reparación administrativa.

Por eso la propuesta es también discriminatoria, ya que todas las víctimas de un crimen atroz deben ser reparadas en la misma forma, pues han sufrido un daño semejante. Otra cosa es que el Estado deba a su vez cobrar a los directamente responsables lo que se haya pagado a las víctimas.

El Gobierno ha argumentado que la prueba judicial es necesaria para no vulnerar el debido proceso de los agentes eventualmente involucrados. Pero incurre en una confusión: una cosa es reconocer que alguien ha sufrido un daño que debe ser reparado y otra probar la responsabilidad criminal. Son fenómenos jurídicos distintos.

No puede tampoco argumentarse que la reparación administrativa de una víctima, presumiblemente de un agente estatal, equivale a una confesión de la responsabilidad estatal, que abriría inmediatamente la puerta a la reparación judicial. Basta que la ley diga que la concesión de esa reparación no tiene valor de prueba para aquellos que quieran acudir a la vía judicial.

No existe entonces ninguna justificación para imponerles a las víctimas de Estado requisitos más gravosos para beneficiarse de los programas de reparación. Por ello resulta triste que el mismo día que un alto funcionario internacional recordó ese principio, el Presidente lo ignore.

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