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¿La muerte de un hito judicial histórico? La sentencia Brown y la integración educativa

Es indudable el papel central que en el constitucionalismo contemporáneo ha jugado el caso de Brown vs. Board of Education of Topeka decidido por la Corte Suprema de los Estados Unidos en el año de 1954. Muchos de nosotros nos educamos admirando la capacidad de transformación social que Brown encarnó. Para la conciencia jurídica moderna Brown es la señal más clara que el derecho puede ser un dinamizador de la transformación social y de la emancipación humana.

Es indudable el papel central que en el constitucionalismo contemporáneo ha jugado el caso de Brown vs. Board of Education of Topeka decidido por la Corte Suprema de los Estados Unidos en el año de 1954. Muchos de nosotros nos educamos admirando la capacidad de transformación social que Brown encarnó. Para la conciencia jurídica moderna Brown es la señal más clara que el derecho puede ser un dinamizador de la transformación social y de la emancipación humana. Tengo que reportar la mala noticia que es posible que Brown esté muriendo como doctrina constitucional como resultado de un par sentencias recientes del 2007. En Brown, como sabe el lector, la Corte Suprema de los Estados Unidos utilizó los derechos fundamentales para oponerse de forma valiente a la segregación racial imperante en muchos sitios de los Estados Unidos donde se mantenía, de iure, un sistema educativo dividido para blancos y negros.

La liberación de los antiguos esclavos fue reemplazada por un sistema en el que la población negra sólo tenía derecho a utilizar servicios y espacios exclusivamente reservados para la colored people. Esta política fue sometida a revisión constitucional y la Corte Suprema de EE.UU. la justificó en el año de 1896 (en el caso de Plessy v. Ferguson) sosteniendo la ignominiosa doctrina de que blancos y negros eran ciertamente “iguales” pero que tal afirmación no exigía que tuvieran que compartir el mismo espacio social. Bajo la Constitución, pues, podían estar “separate but equal” en restaurantes, buses, escuelas, universidades, etc., etc.

Brown es la sentencia que valientemente refuta la doctrina de Plessy en contextos educativos donde el apartheid racial resultaba particularmente odioso. En esa sentencia la Corte Suprema exige al Distrito Judicial de Topeka en Kansas que elimine la segregación racial de sus escuelas. Es muy posible, sin embargo, que el legado de Brown haya entrado en crisis como producto de un par de casos decididos en Julio del 2007 en el que una asociación llamada “Padres comprometidos con las escuelas de la comunidad” demandó al Distrito Escolar de Seattle por continuar con esfuerzos de integración racial entre estudiantes blancos y miembros de otras razas. En este caso, la nueva Corte Suprema del Chief Justice Roberts, afirma que los Distritos Escolares no pueden negar el ingreso a una persona a una escuela exclusivamente por el color de su piel. El punto, sin embargo, es que en esta sentencia los demandantes son estudiantes blancos a quienes se le ha negado el cupo en escuelas muy apetecidas porque el Distrito mantiene formulas de balance racial que pretenden reflejar la demografía de la ciudad de Seattle para lograr así escuelas integradas y diversas. En la sentencia del 2007 el magistrado Roberts de hecho reclama el precedente de Brown para afirmar que la Constitución de los Estados Unidos prohíbe la discriminación racial de cualquier tipo, incluso cuando esta busca mantener niveles de integración racial y socio-económica.

La redacción del artículo 13 de la Constitución colombiana tiene en su estructura interna gran parte del desarrollo interpretativo del caso Brown y de su progenie más liberal de los años sesenta y setenta. En su segundo inciso, el artículo 13 consagra en Colombia con claridad la posibilidad que tiene el estado y la sociedad de impulsar programas de acción afirmativa que ayuden a corregir desigualdades históricas en el seno de la sociedad colombiana. La claridad de la doctrina allí contenida es ahora añorada por más de un constitucionalista en los Estados Unidos. De hecho, el inciso 2º del artículo 13 fue la recomendación normativa explícita que Dworkin hizo cuando se le preguntó que debía tener la Constitución colombiana. La claridad doctrinal, sin embargo, no se ha traducido en acción decidida por parte de la sociedad colombiana. En Colombia, desafortunadamente, seguimos sin ver gran parte de la segregación racial y social en la que todavía vive nuestra sociedad.

La reacción al caso de Concerned Parents ha sido fuerte. Para muchos padres blancos las escuelas racialmente diversas son un gran logro social y educacional: ellos no quieren que sus hijos se muevan toda la vida en el área cerrada de sus propios barrios (ya de por sí segregados por la capacidad socio-económica de sus padres) para luego tomar los mismos buses con los mismos niños e ir a estudiar a los mismos colegios segregados por ingreso. Las escuelas racialmente integradas son también socialmente integradas y ellas producen intangibles sociales y políticos que una sociedad no debería ignorar.

En Colombia, por ejemplo, la división entre educación pública y privada reproduce la gran brecha socio-económica del país. Muchos de nuestros padres de familia, de hecho, quieren elevar las murallas del sistema educativo en el que estudian sus hijos: entre más costosa sea la educación, mayor selectividad y contacto entre las elites sociales que rigen la vida política y económica del país. Este argumento se articula expresamente cuando, por ejemplo, los padres aceptan pagar costosos bonos de ingreso a los colegios privados. Tales bonos son interpretados como la prima de pertenencia a la educación de los privilegiados. El argumento frecuentemente invocado es que una mejor educación exige mayor inversión y que, sin ello, no puede haber excelencia académica. Muchos estudios demuestran, en cambio, que tal inversión no está relacionada con la calidad de la educación pero sí con la preservación de una rígida segmentación social.

El fallo Brown, pues, parece ser que está decayendo, o al menos ha sido reinterpretado por una Corte Suprema mucho más conservadora que la que creó ese precedente. Pero a pesar de ello muchos padres de familia en los Estados Unidos, incluyendo blancos, se han prometido que sus hijos se seguirán educando por fuera de las unidades residenciales y de los colegios segregados en que el privilegio se auto-protege en la complacencia y en la banalidad. Para hacer realidad esta visión se requiere de colegios públicos y privados visionarios y valientes. ¿No sería ésta una utopía interesante para nuestro país?

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