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Las reglas del acoso sexual (II)
Por: César Rodríguez Garavito (Se retiró en 2019) | Junio 27, 2011
¿CÓMO SE SALE CON LA SUYA UN ACOsador sexual?
En la columna pasada decía que los acosadores son favorecidos por una cultura donde los líos sexuales son vistos como asuntos puramente privados. Así pasa en las culturas latinas, que tienden a ignorar o callar lo que pasa tras las puertas de oficinas y alcobas, como lo muestran los casos de Dominique Strauss-Kahn (DSK) en Francia, de Berlusconi en Italia, o de los miles de acosadores anónimos en Colombia.
Pero la cultura es sólo una de las causas. Hay por lo menos dos factores más: la falta de reglas jurídicas y las relaciones desiguales de poder entre hombres y mujeres.
El problema de las reglas saltó a la vista en el affaire DSK, que dejó al desnudo las normas laxas del FMI en materia de acoso sexual. En 2008, cuando una subalterna denunció a DSK por haberla presionado hasta meterla en su cama, el FMI concluyó que no había falta ninguna. Una excusa pública fue suficiente para que continuara como presidente de la institución hasta caer en desgracia, acusado de violencia sexual contra una camarera en un hotel de Nueva York.
Pero el FMI es sólo un caso entre muchos otros. En Colombia, por ejemplo, la regla general es la falta de reglas. Una endeble ley de 2006 (la 1010) incluyó el acoso sexual en un paquete tutifruti de normas sobre “acoso laboral”, sin mecanismos de investigación eficaces, dolientes precisos, ni sanciones significativas. ¿A quién puede acudir una mujer agobiada por los avances indeseados de su jefe? Ante instituciones que están desbordadas por otros temas y no tienen una perspectiva de género: las inspecciones de Policía, las inspecciones de trabajo, las defensorías y las personerías. ¿Qué deben hacer estas entidades al recibir la denuncia? Pedirle al empleador que tramite internamente la queja y programe “actividades pedagógicas o terapias grupales de mejoramiento entre quienes comparten una relación laboral dentro de una empresa”. ¿“Actividades pedagógicas” y “terapias grupales” entre acosador y acosada? Sí, eso dice la contradictoria ley.
En el improbable caso en que, tras un trámite que dura entre uno y dos años, la entidad pública investigue y multe a la empresa, el único beneficio para la mujer acosada es una protección de seis meses contra el despido. Con semejantes reglas, ¿a quién sorprende que no haya trabajadoras que se atrevan a denunciar en público los muchos casos de acoso que se conocen en privado?
Algo parecido, pero aún más grave, pasa con los delitos de violencia sexual, como el que tiene en líos a DSK. Sin fiscales especializados ni una política criminal decidida, un escándalo como el de DSK nunca habría salido a la luz pública en Colombia (ni en Francia, como lo han recordado muchos comentaristas de ese país). ¿Qué habría pasado si el escenario del caso fuera la Zona Rosa de Bogotá, en lugar del corazón de Manhattan? Con seguridad, alguien de recursos humanos le preguntaría a la camarera si vale la pena arriesgar el puesto, y se apresuraría a recordarle que es la palabra de ella contra la del huésped. Si la víctima tomara la decisión heroica de arriesgarlo todo y denunciar, se toparía con fiscales sobrecargados que no tienen estos complejos casos entre sus prioridades.
Ante semejante anomia, las soluciones están a la vista. La primera es que el Gobierno cree una Comisión de Igualdad de Oportunidades, similar a la que en EE.UU. investiga y sanciona eficazmente la discriminación laboral de todo tipo, incluyendo el acoso sexual. La segunda consiste en que la primera mujer que ha llegado a la cima de la Fiscalía General de la Nación —y que como legisladora impulsó proyectos importantes por la equidad de género— haga del combate a la violencia sexual una prioridad de la entidad que dirige.
Pero el antídoto de largo plazo contra el acoso y la violencia es la igualdad entre hombres y mujeres. Ése será el tema de la tercera y última columna de esta serie.