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Las tierras de los desplazados
Por: Mauricio García Villegas | octubre 14, 2005
Esta semana se discute en el Congreso un proyecto de ley para sanear la propiedad inmueble, es decir, para legalizar los títulos de propiedad que tienen eso que los abogados llaman los «vicios del título» y que impiden la transferencia plena de la propiedad.
El proyecto tiene fines nobles. Siendo este un país de campesinos que son meros poseedores y no propietarios de sus tierras, y que muchas veces lo son porque le compraron a alguien que no era el dueño, ¿qué más natural y justo que intentar legalizar su derecho? Pero, como tantas leyes nobles en este país, el problema no está en lo que dicen, sino en el contexto en el que se aplican y, en el caso específico de este proyecto, en lo que pueden hacer de él los miles de abogados que operan como ventrílocuos del narcotráfico, el paramilitarismo y las organizaciones mafiosas.
Lo que preocupa es la aplicación de este proyecto en zonas de conflicto armado. Como se sabe, los narcotraficantes y paramilitares han concentrado una enorme cantidad de tierra en estos territorios (Según estimativos del Incora los narcotraficantes se han apoderado del 48% de las mejores tierras del país). El número de desplazados que tiene Colombia -alrededor de dos millones de personas- es directamente proporcional a la contrarreforma agraria que han hecho los paramilitares. En un país que nunca ha sido capaz de hacer una reforma agraria, este despojo es una injusticia inefable.
Los paras son poseedores de tierras que consiguieron con los métodos sanguinarios que el país conoce. Pero sólo tienen la posesión o, en el mejor de los casos, un contrato de compraventa viciado, por ejemplo, porque provino de un vendedor que no era el propietario del predio. Si se aprueba, este proyecto podría resolverles ese problemita. El artículo 12 del proyecto establece que «si en la diligencia de inspección al inmueble se determina su identificación y no hubiese oposición, se dejará constancia en el acta, con la cual el juez proferirá inmediatamente providencia de saneamiento del título o títulos de propiedad, la cual se notificará por estrados».
Como buena parte de las tierras cuyo título de propiedad se intenta asegurar son las tierras de los desplazados, pregunto, ¿cuántos de esos desplazados se podrán oponer a estas diligencias de inspección consagradas en el artículo 12 del proyecto de ley, que serán realizadas precisamente en las tierras de las que tuvieron que huir por temor? Más aún, ¿cuántos se enterarán siquiera del resultado de la diligencia si la notificación es por estrados (efectuada oralmente en el lugar de la diligencia), no personal? Si los eventuales opositores son los desplazados, ¿no se prestaría acaso la ley para terminar de despojarlos de la tierra que ya parcialmente les quitaron cuando los echaron?
La situación es todavía más preocupante si se sabe que en 2002 se expidió una reforma del código de procedimiento civil que redujo el número de años para la prescripción adquisitiva de dominio de 20 a 10 en los casos de posesión de mala fe, y de 10 a 5 en los casos de posesión de buena fe. ¿Cómo evitar que los paramilitares se vendan entre sí (o a través de sus testaferros) las tierras que se han tomado por la fuerza y esperen cinco años, que ya están por pasar si empezaron en 2002 cuando la ley se promulgó?
Si estuviéramos en un contexto pacífico este proyecto no tendría mayor problema. La buena fe imperaría y, a falta de ella, la justicia y los archivos de registro de propiedad servirían para evitar el asalto de los tramposos. Pero estamos en zonas de conflicto armado en Colombia. Ni el catastro -que no se actualiza hace más de 10 años- ni la justicia penal -cuya incapacidad investigativa frente a las organizaciones armadas es evidente- pueden demostrar que son los desplazados y no los paras los que tienen derechos sobre esas tierras.
Alguien podrá decirme que si no se expide la ley dejarían de beneficiarse muchos y pagarían justos por pecadores. Es cierto, y por eso, en principio, la solución no debería consistir en eliminar este proyecto de ley, sino en tener en cuenta los riesgos que implica para preverlos y evitarlos.
Pero volvemos al problema de siempre: evitar los riesgos en este caso implica, en buena parte, fortalecer las instituciones de justicia y catastro, lo cual, a su turno, depende de que el Estado constitucional consolide su superioridad sobre las mafias. Si en estos territorios el Estado no ha podido vencer a los paramilitares en el terreno militar, menos aún los ha vencido en el terreno jurídico. El ejército de testaferros y abogados que tiene el narcotráfico -para no hablar de su otro ejército- es más poderoso que la justicia, y la administración pública juntas. Así las cosas los beneficiarios de este proyecto podrían no ser los campesinos y las víctimas de la violencia, como es de esperarse, sino los paramilitares y sus testaferros.
Quizá la lección que hay que sacar de todo esto es que el fortalecimiento del Estado en estos territorios no se consigue sólo con la desmovilización y la entrega de las armas.