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Lecciones de la caída de la Ley Lleras 2.0

Varios lo advertimos cuando fue aprobada en el Congreso: la Ley Lleras 2.0 no pasaría el examen ante la Corte Constitucional.

Varios lo advertimos cuando fue aprobada en el Congreso: la Ley Lleras 2.0 no pasaría el examen ante la Corte Constitucional.

Así que lo interesante no es la noticia de la caída de la ley, sino lo que dice sobre la improvisación del Gobierno y el futuro de los derechos de autor, el acceso al conocimiento y la libertad de expresión en la era digital.
El primer traspié del Gobierno fue la Ley Lleras 1.0, que tomó su nombre del entonces ministro del Interior, de ingrata recordación para muchos jóvenes cibernautas. “Que se tengan de atrás”, dijo Vargas Lleras en 2011, al defender el proyecto que los ponía a la par de los piratas profesionales y facultaba a los proveedores de internet para bajar materiales de la red, sin fórmula de juicio. El desatino era tal que a la protesta de las redes sociales se unió la de muchos congresistas, que hundieron el proyecto.
En 2012, el Gobierno volvió a intentarlo con la Ley Lleras 2.0, que restringía la circulación de libros, canciones, videos y otras formas de producción cultural. En lugar de una delicada balanza entre los legítimos derechos de propiedad de los autores y los derechos del público a la cultura, la versión 2.0 reforzaba en exceso los primeros a costa de los segundos, supuestamente para cumplir las obligaciones del TLC con EE.UU.
Así lo mostraron la demanda del senador Robledo y las intervenciones ciudadanas ante la Corte, como la que presentamos con estudiantes del Programa de Justicia Global de la Universidad de los Andes. Dado que la ley no contemplaba excepciones y limitaciones a los derechos de autor que son usuales en EE.UU. y muchos otros países , restringía cosas tan vitales como la posibilidad de que los estudiantes se llevaran a sus casas películas tomadas en préstamo de las bibliotecas. Y como fijaba duras penas de cuatro a ocho años de prisión, los ciudadanos quedaban expuestos a la cárcel si colgaban fragmentos de programas de televisión en Facebook, o duplicaban un CD, aun por una vez y sin fines comerciales.
En lugar de promover un debate reposado, el Gobierno envió un mensaje de urgencia al Congreso: si la versión 2.0 no era aprobada de inmediato, el TLC no estaría listo para la firma de Obama y Santos en la Cumbre de las Américas. De ahí que pasó por el Congreso en un récord de 20 días, a tiempo para la foto en Cartagena.
Por semejante prisa, la ley quedó contrahecha. Para saltarse la discusión de fondo, fue presentada como un mero trámite de cumplimiento del TLC, ante las comisiones parlamentarias que se ocupan de relaciones exteriores, y no ante las que se encargan de asuntos de propiedad intelectual. La Corte no cayó en el engaño y declaró inconstitucional la ley por este vicio de trámite.
Lo cual nos devuelve al punto de partida: no tenemos una regulación sobre derechos de autor y acceso al conocimiento a la altura del siglo XXI. Pero el fracaso de las versiones anteriores deja valiosas lecciones para la 3.0, que tendrá que venir pronto. Primero, queda claro que no tienen futuro las leyes que protegen sólo los derechos de los autores y las industrias culturales convencionales. Segundo, es indispensable abrir las propuestas a la participación ciudadana. Sólo así se logra una regulación balanceada, que recoja también los intereses de los usuarios que, a diferencia de las industrias, no tienen quién haga cabildeo en el Congreso. Lo que sí tienen es medios virtuales de protesta, como los millones de trinos que detuvieron la versión 1.0 y leyes similares en otros países (como SOPA y PIPA en EE.UU.).
Balance y participación: esas son las lecciones incorporadas en las mejores regulaciones internacionales, como el proyecto de Marco Civil de la Internet de Brasil, que puede servir de modelo para la versión 3.0. Ojalá la tercera sea la vencida.

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