Dejusticia interviene ante la Corte Constitucional en caso contra la SIC por no actuar ante publicidad engañosa
Mauricio Albarracín, Diana Guarnizo, Maryluz Barragán, Ana María Narváez, Jesús Medina
Mayo 31, 2019
El pasado 24 de mayo, Dejusticia presentó una intervención ante la Corte Constitucional. Dos campañas comerciales, una de Hit (Postobón) y otra de Fruper (Alpina) originaron la controversia.
¿De qué se trata el caso?
El 21 de diciembre de 2017, Red Papaz presentó a la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) dos quejas por publicidad engañosa. Una contra la bebida Fruper con Nutrimix, de Alpina, y otra contra la bebida Hit, de Postobón. La razón: a través de distintos comerciales ambas empresas presentaron afirmaciones sobre sus productos que no correspondían a la realidad y que, por ende, conducían al engaño de los niños y niñas como consumidores.
Después de nueve meses sin recibir respuesta de la SIC, Red Papaz interpuso una tutela con el fin de proteger los derechos de los niños y las niñas a la información y la alimentación saludable. En la tutela se sostuvo que la SIC no le ha dado el trámite debido a los procesos contra Alpina y Postobón y se expuso la relación que existe entre la publicidad y el consumo de alimentos ultraprocesados, que puede derivar en el desarrollo de enfermedades crónicas en niños. La tutela exponía la necesidad de proteger a los niños en su calidad de menores consumidores, especialmente, de proteger sus derechos a recibir información y protegerlos contra la publicidad engañosa.
La tutela, después de ser negada tanto en primera como en segunda instancia, llegó a la Corte Constitucional. Este tribunal tiene la última palabra.
¿Qué sostuvo Dejusticia en la intervención?
La intervención tuvo dos propósitos: demostrar que la SIC no ha resuelto en un plazo razonable y de manera prevalente dos quejas que involucran los derechos de los niños y niñas como consumidores y exponer que se vulneraron los derechos fundamentales de los menores a la información, la salud y la alimentación saludable como consecuencia de las actitudes dilatorias de la SIC.
Adicionalmente, Dejusticia subrayó la relación que existen entre la publicidad, oferta y consumo de esta clase de productos y algunas graves enfermedades como la diabetes, complicaciones gastrointestinales y problemas cardiovasculares. A partir de esta relación, se señaló que las actuaciones de la SIC violan los derechos a la información, la salud y la alimentación saludable.
Contrario a lo que se ha solicitado en los últimos 17 meses, no contar con una repuesta por parte de la SIC ha permitido que Postobón siga reproduciendo en distintos medios de comunicación las pautas publicitarias que fueron denunciadas por Red Papaz.
Finalmente, Dejusticia señaló que la desprotección de los derechos fundamentales de los niños y las niñas como consumidores se enmarca en un contexto institucional caracterizado por dos clases de ausencias: la falta de coordinación entre las autoridades encargadas de controlar la publicidad engañosa, entre ellas la SIC, el INVIMA y la ANTV (Autoridad Nacional de Televisión) y la necesidad de una regulación más estricta a la publicidad de productos ultraprocesados en Colombia.
¿Porqué es importante este caso?
En caso de fallar a favor de Red Papaz, el alto tribunal podría sentar un precedente de doble protección a los infantes. Por un lado, contribuiría al vacío regulatorio que existe en casos de publicidad engañosa de productos no saludables dirigida a población infantil. Por otro lado, brindaría mayores garantías para que las autoridades actúen con diligencia cuando estudien casos en los cuales se vean involucrados los derechos fundamentales de niños y niñas, tales como la información, la alimentación y la salud. La decisión será tomada en los próximos meses».
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