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Dejusticia presenta informe sobre propuesta de etiquetado frontal de advertencia

Con el fin de entregar nuestras valoraciones, radicamos un informe ante el Tribunal Administrativo de Cundinamarca donde analizamos la propuesta de modelo de etiquetado frontal presentado por el Gobierno Nacional.

 

El pasado 26 de febrero de 2020, en una comunicación realizada por el Presidente de la República, Iván Duque, se presentó la propuesta de etiquetado frontal de advertencia de alimentos. Un año antes, la organización de la sociedad civil Red Papaz había interpuesto una Acción Popular ante el Tribunal Administrativo de Cundinamarca para solicitar que el Gobierno Nacional diseñe e implemente una política sobre este mismo asunto.

Con el fin de entregar nuestras valoraciones, radicamos un informe ante este Tribunal, donde analizamos la propuesta de modelo de etiquetado frontal presentado por el Gobierno Nacional.

En la intervención exponemos que si bien es positivo el interés mostrado por el Ejecutivo, consideramos que no es clara la razón de la demora en los tiempos de implementación. No vemos justificado que el Gobierno Nacional fija como mínimo un periodo de 36 meses para que el nuevo etiquetado entre a regir. Esta decisión representa un costo de salud pública desproporcionado que no está sustentado.

Una deuda pendiente con los consumidores

La legislación colombiana ha tenido un rol contradictorio en el desarrollo del etiquetado nutricional como medida de salud pública. Si bien existen protecciones a los derechos fundamentales de los consumidores, vemos una falta de aplicación por vacíos normativos.

Después de la Ley 1355 de 2009, la toma de decisiones sobre etiquetado nutricional dentro del Congreso de la República se ha caracterizado por un periodo de letargo legislativo. Desde el año 2017, tres iniciativas legislativas, que incluían una propuesta de etiquetado se han presentado sin éxito en el Congreso de la República. La primera iniciativa fue el proyecto de ley 019/17 (Cámara) que se hundió en tercer debate por vencimiento de términos. La segunda iniciativa fue el proyecto de ley 214/18, que después de un año no surtió debate y se hundió por vencimiento de términos. Finalmente, el proyecto 167/19 tenía plazo para surtir primer debate hasta junio de este año, so pena de hundirse por vencimiento de términos. Sólo hasta el 10 de junio, por incidencia de algunos congresistas y de la sociedad civil surtió su primer debate.

En Colombia estamos rezagados en materia de etiquetado frontal. Son cuatro países de la región que ya cuentan con un rotulado nutricional de tipo chileno, y dos en proceso de diseño. Además de Chile, el país que siguió en la adopción de este etiquetado de advertencia fue Perú, seguido de Uruguay, y finalmente México, estos dos últimos en el año 2019.

 Así es el etiquetado aprobado en Chile

¿Por qué es importante una política clara de etiquetado?

La información que tenemos sobre los alimentos determina nuestros hábitos dietarios. La Organización Mundial de la Salud y la Organización Panamericana de la Salud han considerado que el etiquetado de alimentos es una medida efectiva que pueden adoptar los Estados para moldear la salud alimentaria de la población. Es importante que los consumidores sepan cuándo un producto es alto en grasas saturadas, azúcares libres y sodio ya que puede determinar patrones de enfermedad que pueden desarrollar a lo largo de su vida, como la obesidad o demás enfermedades crónicas no transmisibles.

El etiquetado nutricional de fácil interpretación se convierte también en una medida imprescindible para el cuidado de la salud de aquellas personas que no cuentan con capacidades de lectura y escritura, por lo que este tipo de medidas aumentan el nivel de accesibilidad en la información para personas que no saben leer o escribir, personas con algún tipo de discapacidad, o para niñas, niños o adolescentes.

Las obligaciones del Estado de generar un etiquetado frontal adecuado devienen del derecho a la salud (CP. art. 49) y el derecho a la alimentación, particularmente en niñas y niños (CP. art. 44), así como el derecho de los consumidores a la información (CP. art. 20), especialmente cuando se trata de asuntos que afectan la salud y la nutrición.

El etiquetado de alimentos, como medida de salud pública, busca que por medio del acceso a la información el ciudadano pueda tomar decisiones conscientes e informadas sobre lo que consume.

Nuestras apreciaciones sobre la propuesta del Gobierno Nacional

En febrero, el Ministerio de Salud presentó a la opinión pública un decálogo para mejorar la información nutricional de los productos comestibles. La propuesta busca el incremento del tamaño de la tabla nutricional y la implementación de un etiquetado tipo israelí.

El modelo israelí es un etiquetado circular, en blanco y rojo, con iconos del nutriente crítico y una leyenda en la parte superior que dice “ALTO EN” seguido por “GRASAS, AZÚCAR o SODIO” y en la parte inferior “Ministerio de Salud”.

La propuesta del Gobierno Nacional tiene dos puntos a favor: (i) le apuesta a que la información nutricional se presente de forma más clara y comprensible para el consumidor; (ii) tiene el interés de evolucionar el marco normativo actual, pasando de acciones voluntarias a obligatorias.

Sin embargo, esta propuesta no tiene por ahora ninguna obligatoriedad de cumplimiento y se estima que el nuevo etiquetado de alimentos entraría a regir en noviembre de 2022, tres meses después de que el actual gobierno abandone el cargo. Consideramos que no es clara la razón del periodo de 36 meses para que las nuevas herramientas de información nutricional se implementen. Países de la región como Chile, Perú, Uruguay y México han demostrado que es posible materializar este tipo de medidas en un tiempo inferior, entre los 12 y los 18 meses.

Si bien la propuesta determina que se optará por el etiquetado israelí -y no el usado en Chile y el resto de la Región- es posible que el Gobierno pueda reconsiderar su postura y adoptar el modelo que, de acuerdo con la evidencia empírica disponible, sea el más adecuado. Resaltamos la importancia de que el modelo israelí cuenta con ayudas visuales en forma de símbolos más amigables con población que no sabe leer. Por otro lado, resaltamos que el modelo chileno tiene ventajas que pueden ayudar a adaptar la regulación nacional, como evidencia científica que evalúa su impacto en países de la región.

 Así es el etiquetado tipo israelí


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