El Consejo Comunitario de las Islas del Rosario presentó una acción de tutela en contra del INCODER, la cual fue negada por los jueces de primera y segunda instancia. En dicha acción, los tutelantes argumentaron que el Estado colombiano les ha vulnerado sus derechos fundamentales de petición y al debido proceso, así como los derechos de la comunidad a la consulta previa, a la existencia, a la integridad cultural y a la autonomía. En la T-610 de 2012 la Corte Constitucional tuteló los derechos de petición, debido proceso adminisitrativo y propiedad colectiva de la comunidad de la Suprema y del Tribunal. En la misma providencia ordenó al INCODER resolver de fondo la solicitud de titulación colectiva, que mientras se expida la decisión se suspenda la celebración de nuevos contratos de usufructo y solicita a la Personería del Pueblo Regional Bolívar y a la Procuraduría General de la Nación apoyar, acompañar y vigilar el pleno cumplimiento de lo determinado en el fallo.
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