Gobierno está incumpliendo las órdenes de la Corte Suprema sobre la protección de la Amazonía colombiana
Hace un año la Corte declaró a la Amazonía colombiana sujeto de derechos y ordenó, a través de la sentencia 4360 de 2018, que se aplicaran mecanismos para frenar la deforestación. Sin embargo, las acciones del gobierno han sido mínimas, mientras las amenazas al bosque aumentan.
Este viernes 5 de abril, se cumple un año desde que la Corte Suprema de Justicia (CSJ) tomó la decisión histórica de declarar a la Amazonia colombiana sujeto de derechos y ordenar al Gobierno crear mecanismos concretos para frenar la deforestación, enfrentar el cambio climático, y así proteger a las generaciones futuras. El Fallo, se dio en respuesta a una demanda presentada por 25 niños, niñas y jóvenes de 17 ciudades del país -acompañados por Dejusticia- y se convirtió en la primera acción judicial de este tipo presentada en América Latina. Incluso, a nivel internacional, la acción fue recibida como “una de las sentencias ambientales más robustas que haya dictado un tribunal en el mundo”, como dijo Michael Gerrard, director del Centro Sabin contra el Cambio Climático de la Universidad de Columbia.
Sin embargo, un año después de que el país celebrará ésta decisión, la deforestación en Colombia está fuera de control. El 75% de la pérdida de bosque está ocurriendo en el Amazonas y lo que es más preocupante, es que frente a las cuatro órdenes entregadas por la Corte, a entidades públicas de orden nacional y local, las respuestas han sido muy pocas, casi nulas.
Es por esto que este 5 de abril, los 25 niños, niñas y jóvenes que hace un año interpusieron la acción de tutela para frenar la deforestación y sus consecuencias sobre el cambio climático, le solicitaron al Tribunal Superior de Bogotá que declare el incumplimiento por parte del gobierno y de los demandados, de las órdenes que entregó en la sentencia 4360 de abril de 2018.
Desde Dejusticia, como representantes legales de los accionantes, explicamos de qué se tratan estas omisiones:
Primera orden: Formular un plan de acción de corto, mediano y largo plazo para contrarrestar la deforestación en la Amazonía
Plazo: 4 meses (que vencían en agosto de 2018)
A quién iba dirigida:
Presidencia de la República, Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, en coordinación con el Sistema Nacional Ambiental y la participación de los accionantes, las comunidades afectadas y la población interesada.
Acciones a medias e incumplimientos directos:
La Presidencia le delegó al Ministerio de Ambiente la tarea de coordinar a los distintos actores para cumplir la sentencia y frenar la deforestación. A partir de esto, el Minambiente convocó a cinco talleres regionales, entre julio y agosto de 2018, para avanzar en el plan y los realizó en las cabeceras municipales de la Amazonía. Esta metodología obstaculizó la participación de comunidades amazónicas apartadas que no tienen fácil acceso a los cascos urbanos.
A partir de los encuentros, el Minambiente redactó y envió a la Corte un “Plan de Acción para reducir la deforestación y hacer frente a los efectos del cambio climático en la Amazonía colombiana”. Sin embargo, ese documento es solo un borrador, pues dentro del mismo se afirma que tendrá que ser validado conforme a las prioridades de gobierno de Iván Duque y, al marco presupuestal. Además el Ministerio dice que ese documento solo será modificado por el mismo Ministerio, cerrando la posibilidad a la participación de otros actores.
Por último, la falta de voluntad del Gobierno nacional para frenar la deforestación se ve reflejada en la meta de deforestación del Plan Nacional de Desarrollo 2018-2022, en la que se plantea que el crecimiento de la deforestación sea cero a 2022. Ésta medida representa un incumplimieno directo a la sentencia de la Corte Suprema (STC 4360) y a otros compromisos internacionales que adquirió Colombia, como el Acuerdo de París, pues implica que se mantenga la pérdida de bosque registrada en 2017, año en el que se deforestaron 219.973 hectáreas. Con este indicador se acepta la pérdida de más de 800.000 hectáreas durante el cuatrienio en que gobernará Iván Duque.
Segunda orden: Crear el Pacto Intergeneracional por la Vida del Amazonas colombiano
Plazo: 5 meses (que vencían en septiembre de 2018)
A quién iba dirigida:
Presidencia de la República, al Ministerio de Ambiente, al Ministerio de Agricultura, los accionantes, comunidades afectadas, organizaciones científicas y grupos de investigación ambiental así como población interesada en general.
Acciones a medias e incumplimientos directos:
La Corte ordenó la creación de un Pacto Intergeneracional por la vida del Amazonas colombiano (PIVAC) en el que se adoptaran “medidas encaminadas a reducir a cero la deforestación y las emisiones de gases efecto invernadero, el cual deberá contar con estrategias de ejecución nacional, regional y local, de tipo preventivo, obligatorio, correctivo y pedagógico, dirigidas a la adaptación del cambio climático”.
Al igual que en la primera orden, la Presidencia le delegó al Ministerio de Ambiente la coordinación de actores para la creación del PIVAC. En septiembre de 2018, el Ministerio le entregó a la Corte un documento con avances sobre el Pacto, pero pidió una prórroga de 10 meses (julio de 2019) para poder surtir un proceso participativo y de coordinación institucional que permita la realización del pacto. Tras seis meses de haber hecho tal solicitud, si bien no consta en el expediente una respuesta por parte de la CSJ, el grupo de jóvenes considera que esto no es motivo suficiente para la inacción del gobierno respecto del cumplimiento de la orden. Además, durante los últimos 8 meses el Ministerio no los ha convocado a ninguna reunión para construir el PIVAC. Esta inacción es contraria a la urgencia que demanda el grave problema de la deforestación en la Amazonía y sus consecuencias sobre el cambio climático.
Finalmente, el Ministerio presentó una propuesta de cronograma de siete fases para la construcción del PIVAC pero no determinó ni los tiempos, ni los responsables, ni el presupuesto para el cumplimiento de cada una de las fases. Además, le prometió a la Corte que el PIVAC estaría contemplado en el Plan Nacional de Desarrollo 2018-2022 y esto no ocurrió.
Tercera orden: Municipios de la Amazonía deben actualizar e implementar sus Planes de Ordenamiento Territorial
Plazo: 5 meses (que vencían en septiembre de 2018)
A quién iba dirigida:
Si bien la demanda incluye a 14 los municipios, la orden de la CSJ se dirige a los 81 municipios que conforman la Amazonía colombiana según el Instituto Sinchi.
Acciones a medias e incumplimientos directos:
Para la CSJ los municipios de la Amazonía que deben actualizar e implementar sus Planes de Ordenamiento Territorial, incluyendo un plan de acción de reducción de la deforestación y estrategias medibles dirigidas a la adaptación al cambio climático.
Sin embargo, de los 14 demandados, solo 7 se ellos enviaron información sobre el cumplimiento a la Corte. A esto se sumaron las respuestas de otros 7 municipios, lo que significa que de los 81 municipios que debían cumplir con la orden solo 14 informaron sobre sus avances en materia de cumplimiento. De estos 14, ninguno cumplió con actualizar su instrumento de ordenamiento territorial e incluir un plan de acción con estrategias medibles para frenar la deforestación, tal y como ordenaba la CSJ.
Cuarta orden: Realizar un plan de acción para contrarrestar la deforestación por parte de las Corporaciones Autónomas Regionales con jurisdicción en la Amazonía
Plazo: 5 meses (que vencían en septiembre de 2018)
A quién iba dirigida:
Corpoamazonia, la Corporación para el Desarrollo Sostenible del Norte y el Oriente Amazónico (CDA) y a Cormacarena.
Acciones a medias e incumplimientos directos:
La Corte ordenó que realizaran un plan de acción que contrarreste mediante medidas policivas, judiciales o administrativas, los problemas de deforestación informados por el IDEAM.
Si bien las tres corporaciones afirman estar cumpliendo la orden de la CSJ, las mismas no han presentado ante la Corte una hoja de ruta para la formulación del plan de acción que les exige la orden sino que por el contrario toman las acciones que integran cada una de las líneas de la Estrategia Integral de Control a la Deforestación y Gestión de los Bosques y señalan en qué plazo llevarían a cabo cada una de esas acciones. Esta estrategia fue creada por el Ministerio de Ambiente antes de la decisión de la CSJ y no constituye el plan de acción solicitado por la Corte.
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