Impugnación de la demanda de nulidad instaurada contra el decreto que reglamentó la prestación del servicio de interrupción voluntaria del embarazo.
Dejusticia
mayo 31, 2010
Dejusticia intervino solicitándole al Consejo de Estado que deniegue la solicitud de nulidad del decreto que reglamenta la prestación del servicio de interrupción voluntaria del embarazo. Para tal efecto, argumentamos que la sentencia C-355 de 2006 que despenalizó el aborto en tres casos, a saber, cuando la continuación del embarazo constituya peligro para la vida o la salud, cuando exista grave malformación del feto que haga inviable su vida y cuando el embarazo sea el resultado de una violación o de inseminación artificial, impactó el sistema de salud al reconocer que las mujeres embarazadas que se encuentren en las situaciones descritas tienen derecho a acceder al servicio de interrupción voluntaria del embarazo en condiciones de salubridad. En virtud de este impacto en el sistema de salud, el Gobierno Nacional podía ejercer su potestad reglamentaria en este caso, pues de conformidad con la Ley 100 de 1993 es la autoridad competente para reglamentar la prestación de los servicios de salud.