Intervención en demanda de inconstitucionalidad contra la expresión «exenta de culpa» del estándar probatorio de la buena fe que es requisito para acceder a compensación económica
Intervinimos ante la Corte Constitucional en la demanda de inconstitucionalidad formulada contra la expresión «exenta de culpa» del estándar probatorio de la buena fe, contenido en la Ley 1448 de 2011 (ley de víctimas y restitución de tierras) que es requisito para acceder a la compensación económica.
En nuestro concepto la exigencia probatoria de buena fe exenta de culpa, a los opositores dentro del proceso de restitución, permite la realización de los fines de la ley de víctimas y, además, es acorde con los principios constitucionales. Sin embargo, consideramos que es fundamental que los jueces y magistrados de restitución tengan en cuenta la situación de vulnerabilidad o especial protección del opositor. Esta consideración lleva a que la exigencia de debida diligencia sea proporcional y no desconozca los derechos de estos sujetos quienes, como consecuencia del proceso de restitución, pueden quedar en grave situación de desprotección. En virtud de ello, le solicitamos a la Corte Constitucional proferir un fallo de exequibilidad condicionada, en el entendido de que la valoración de la debida diligencia debe tener en cuenta dichas condiciones del opositor. Asimismo, resaltamos que los jueces y magistrados de restitución deben ordenar las medidas complementarias necesarias para atender a los terceros que se encuentren en situación de vulnerabilidad y no puedan acceder al goce efectivo de sus derechos.
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