Intervinimos a favor de un modelo de atención mental comunitaria que proteja a las personas con discapacidad psicosocial
Mauricio Albarracín, Dejusticia
enero 12, 2021
La desaparición de Luis Eduardo Guachalá Chimbó en Ecuador ilustra la necesidad de una reforma que garantice la desmanicomialización.
El pasado 11 diciembre de 2020, la Asociación Civil por la Igualdad y la Justicia (ACIJ), el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS), la Comisión Colombiana de Juristas (CCJ), el Centro de Estudios de Derecho, Justicia y Sociedad (Dejusticia), el Harvard Law School Project on Disability (HPOD), el Instituto de Estudios Legales y Sociales del Uruguay (IELSUR) y Justiçia Global presentaron un escrito de amicus curiae solicitando a la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) que ordene reparaciones estructurales para asegurar los derechos de las personas con discapacidad psicosocial. Esto por medio de la implementación de un modelo de atención de salud mental basado en la comunidad, en Ecuador. La secretaría de ESCR-Net proporcionó coordinación para la presentación en el caso de Guachalá Chimbó y otros contra Ecuador.
Luis Guachalá de 23 años estuvo internado del 10 al 17 de enero de 2004 en el el Hospital Psiquiátrico Julio Endara de la ciudad de Quito. El 18 de enero de 2004 desapareció de la institución sin ninguna explicación clara de los hechos. Por este motivo, le solicitamos a la Corte IDH que condene al Estado de Ecuador por no garantizar las obligaciones en torno al derecho a la salud, vida e integridad personal del señor Guachalá, quien era un sujeto de especial protección. Igualmente, se argumentó que la legislación de Ecuador, en torno a la atención en salud mental, no cumple con los parámetros desarrollados por el Sistema Interamericano de Derechos Humanos y el Sistema Universal.
La atención a la salud mental en Ecuador, al igual que en otros países de la región, sigue estando fuertemente basada en el encierro y aislamiento de las personas en instituciones psiquiátricas, lo que viola el derecho a la igualdad, a la salud, a la autonomía, a la vida, a la integridad personal y a vivir de modo independiente y en la comunidad. El caso de Luis Eduardo Guachalá Chimbó, cuyos derechos fueron violados en un hospital psiquiátrico, ilustra una vez más el fracaso de los enfoques de salud mental centrados en la institucionalización. Como se argumenta en el amicus, la atención de salud mental segregada es intrínsecamente discriminatoria para las personas con discapacidad psicosocial y conduce a prácticas de tortura y a otros tratos crueles, inhumanos y degradantes. Tampoco cumple con el deber de cuidado de los Estados en la esfera de la salud mental.
Ante las violaciones en el caso y los incumplimientos legislativos y políticos de Ecuador con el deber de adoptar disposiciones de derecho interno y garantías de los derechos económicos, sociales y culturales hasta el máximo de recursos disponibles, el amicus insta a la Corte a determinar medidas de no repetición estructurales y efectivas para transformar esta realidad.
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