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¿Podría una persona solicitar que Google, o cualquier buscador de la red, «borre y baje» de internet su información personal?

Intervenimos ante la Corte Constitucional en un caso de tutela en el que la accionante solicita que se «bajen y borren» de todos los medios digitales y buscadores de la red de El Tiempo y de Google.com, la información que la asocie con un proceso penal del pasado al que fue vinculada y que está prescrito. 

Este caso plantea serias preguntas sobre el alcance de los derechos a la libertad de expresión y de información en la era de internet, y el tipo de responsabilidad que podrían tener los motores de búsqueda por la difusión de información personal. Se trata entonces de un tema de difícil solución por la profunda tensión de derechos que presenta y por las dificultades técnicas para su resolución. 

Por eso, el propósito de nuestra intervención no es dar una respuesta definitiva a todos los problemas derivados de esta tensión entre, por un lado, el derecho de las personas a su intimidad y al habeas data; y, de otro lado, la libertad de información en la era de internet. En consecuencia, en el concepto exponemos algunas consideraciones constitucionales sobre las alternativas de solución a preguntas como: ¿Los buscadores de la red pueden circular, libremente y sin ningún tipo de restricciones, información personal?, ¿Podemos los ciudadanos solicitar que los motores de búsqueda limiten su derecho a difundir información en internet, cuando ello compromete la esfera de nuestra intimidad?, ¿En qué casos podría limitarse razonablemente la divulgación de información en la red por parte de los buscadores?, ¿Qué tipo de medidas proporcionales podrían exigírsele a los motores de búsqueda para que restrinjan la circulación de información personal en internet?

Al respecto, creemos que existe una necesidad de empezar a establecer criterios para proteger los derechos de los individuos frente a internet, pero sin desconocer la altísima importancia que tiene este medio en el desarrollo de nuestra sociedad actual y su potencialidad para expandir el alcance de un derecho crucial para la democracia, tal como es la libertad de expresión e información. En la intervención ponemos a consideración de la Corte algunos criterios para ello. 


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