Rechazamos el recurso que presentó el Gobierno para intentar reanudar las fumigaciones con glifosato
Varias autoridades presentaron solicitudes de nulidad para tumbar la sentencia T-413 de 2021. Desde Dejusticia enviamos un oficio a la Corte rechazando estas solicitudes.
La Policía, la Agencia de Defensa Jurídica del Estado y la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA) presentaron el pasado 22 de febrero solicitudes de nulidad contra la Sentencia T-413 de 2021, con la que la Corte Constitucional frenó el regreso de las aspersiones aéreas con glifosato.
La sentencia encontró que se habían vulnerado los derechos a la participación ambiental y la consulta previa de las poblaciones en los 104 municipios que serían afectados por el retorno de las aspersiones. Por eso ordenó a las entidades dejar sin efecto la resolución que aprobó la modificación del Plan de Manejo Ambiental (PMA) del programa de aspersiones. Además, le ordenó a la ANLA rehacer dos actividades del proceso de participación: las reuniones informativas y la audiencia pública, que se había realizado en diciembre de 2020.
Desde Dejusticia enviamos un oficio a la Corte rechazando las solicitudes de nulidad. En primer lugar, argumentamos que los incidentes presentados por las entidades no cumplen con los requisitos de forma y contenido; tampoco demuestran errores lo suficientemente graves al momento de emitir la sentencia que justifiquen su nulidad.
Además, como explicamos en nuestra respuesta, los errores que pudiera haber en la sentencia no afectan el sentido del fallo y las solicitudes de nulidad buscan volver a abrir los debates de fondo. Los incidentes de nulidad tampoco son la herramienta procesal para presentar argumentos que corresponden a debates contenciosos administrativos. Teniendo en cuenta el carácter excepcional de este tipo de incidentes, los argumentos del Gobierno son una respuesta tardía a temas que ya han sido incluidos y abordados en el cuerpo de la sentencia.
Por otro lado, los incidentes parecen ser una reacción frente a las decisiones adversas que tuvo el Gobierno nacional. Incluso si la Corte decidiera positivamente la nulidad, el trámite al que se refirió la sentencia ya no existe debido a que las mismas entidades que presentaron los incidentes ya optaron por otros caminos para modificar el PMA del programa de aspersiones.
¿En qué va el esfuerzo del Gobierno por reanudar las aspersiones?
Luego de la sentencia T-413 de 2021 el panorama jurídico del regreso de las aspersiones con glifosato se tornó mucho más difícil. La Corte ordenó rehacer todo el procedimiento ambiental y celebrar consultas previas con las comunidades étnicas presentes en los 104 municipios que se incluían en el PMA.
Sin embargo, la Policía desistió de volver a hacer el mismo trámite ante la ANLA en los 104 municipios iniciales y optó por otro camino: solicitar trámites por subregiones, empezando por el Catatumbo. El 11 de marzo de este año, la Policía solicitó la modificación del PMA del PECIG en cinco municipios de Norte de Santander: Cúcuta, El Zulia, Hacarí, Sardinata y San Calixto. Días más tarde, la ANLA inició el trámite de esta solicitud y el 25 de marzo ordenó la celebración de una audiencia pública para reactivar las aspersiones en el Catatumbo.
Esto mostraría las intenciones del Gobierno Nacional de acelerar el trámite ambiental para reanudar a toda costa las aspersiones con glifosato, lo que desconocería las órdenes de las sentencias T-413 de 2021 y T-236 de 2017.
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