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Solicitamos a la Corte que los recursos del FOME sean priorizados para garantizar la salud y el mínimo vital de los colombianos

Entre los usos prioritarios de los recursos del FOME debe incluirse el fortalecimiento de la capacidad, calidad y nivel de cubrimiento del sistema de salud a nivel nacional y la financiación de medidas sociales y económicas destinadas a los sectores sociales en situación de extrema pobreza, pobreza y a grupos sociales vulnerables

Solicitamos a la Corte Constitucional que declare la exequibilidad condicionada del artículo 4 del Decreto 444 de 2020, mediante el cual se establecieron los usos permitidos de los dineros del FOME. En concreto, solicitamos a la Corte que condicione la constitucionalidad de la norma señalando que entre los usos prioritarios de los recursos del FOME debe incluirse el fortalecimiento de la capacidad, calidad y nivel de cubrimiento del sistema de salud a nivel nacional y la financiación de medidas sociales y económicas destinadas a los sectores sociales en situación de extrema pobreza, pobreza, y a grupos sociales vulnerables como las personas de edad, con discapacidades, los refugiados, las poblaciones afectadas por el conflicto, además de las comunidades y grupos sujeto de discriminación y desventajas estructurales.

El FOME no protege los derechos a la salud y al mínimo vital

Es necesario que el Gobierno Nacional financie de forma prioritaria medidas que protejan los derechos a la salud y al mínimo vital de todos los habitantes del territorio nacional durante la pandemia. No obstante, el Gobierno no incluyó este tipo de medidas en los usos prioritarios de los dineros del Fondo de Mitigación de Emergencia (FOME), la principal herramienta financiera del gobierno para atender la pandemia, creada mediante el Decreto 444 de 2020. Esto, en un claro desconocimiento de la obligación del Estado de proteger los derechos fundamentales de la ciudadanía, especialmente los más vulnerables, y de sus obligaciones internacionales contenidas en el Pacto Interamericano de Derecho Económicos, Sociales  y culturales.

Nuestros argumentos

Si bien la pandemia del COVI-19 afecta a la sociedad colombiana en su conjunto, no puede desconocerse que los sectores sociales estructuralmente más vulnerables están más expuestos al virus y las medidas para contener la propagación los impactan de mayor manera. Se trata del 66,8% de los hogares colombianos bajo el umbral de la pobreza y del 47,9 % de los trabajadores que se encuentran en la informalidad, según los datos del Departamento Nacional de Estadísticas (DANE).

Todas estas personas cuyo mínimo vital depende del dinero que ganen a diario, vieron su única fuente de ingresos desaparecer repentinamente por cuenta de las medidas de aislamiento obligatorio, ya que sus empleos no son susceptibles de realizarse mediante teletrabajo. Además, se trata de sectores sociales que están más expuestos al virus debido a que viven en lugares más densamente poblados, con menos acceso a servicios de agua y alcantarillado y que tienden a sufrir más enfermedades crónicas, que pueden poner en riesgo su vida en caso de contagio.

No solo eso, como el Gobierno lo reconoció en el Decreto 417 de 2020, mediante el cual declaró el Estado de Emergencia, el sistema de salud en no está preparado para atender una pandemia. Es decir que si el número de casos de contagios siguen elevándose llegará el momento en que e sistema de salud no pueda atender a todos las personas cuya salud se encuentra en riesgo.


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