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Varios archivos siguen bajo reserva en el Estado colombianos por considerar que afectan la defensa y seguridad Nacional. /Pixnio.com

Varios archivos siguen bajo reserva en el Estado colombianos por considerar que afectan la defensa y seguridad Nacional. | Pixnio.com

Los archivos de inteligencia del Ejército y otros documentos que hemos desclasificado desde Dejusticia

Argumentando que se trata de asuntos de seguridad nacional o de defensa, varias instituciones del Estado colombiano mantienen las categorías de “reservado” o “restringido” a documentos que deberían ser de conocimiento público. Reclamamos en derecho a conocerlos y estos son los resultados.

Por: DejusticiaSeptiembre 29, 2018

Reglamentos del Ejército, informes sobre archivos de inteligencia o contrainteligencia e información sobre nuestros acuerdos de cooperación deberían poder ser consultados por cualquier ciudadano. Por eso, Dejusticia, por medio de derechos de petición y recursos de insistencia, ha solicitado a varias instituciones el legítimo acceso a estos documentos y esto es lo que hemos encontrado:

Accedimos al Reglamento de Inspecciones del Ejército

El Índice de Información Clasificada y Reservada, que es el inventario de toda la información catalogada como clasificada o reservada en el Archivo General de la Nación, citaba en noviembre de 2016, en la página web del Ejército Nacional, 10 fuentes jurídicas, de naturaleza inferior a la de la ley, como fundamentos constitucionales, jurídicos o legales para mantener bajo reserva esos documentos.

Por ser eso contrario a la norma, Dejusticia radicó ese mes ante el Ejército Nacional un derecho de petición solicitando copia de dichas fuentes jurídicas.

El Comando de Educación y Doctrina de esa institución respondió que cuatro de las 10 fuentes jurídicas tenían el carácter de “Reservado” y “Restringido”, por tratarse de información relacionada con la defensa y la seguridad nacional.

En Dejusticia presentamos un recurso de insistencia, y el Ejército le envió la documentación al Tribunal Administrativo de Cundinamarca para que resolviera la controversia.

Así fue como en mayo del año siguiente, el Tribunal Administrativo de Cundinamarca declaró en una sentencia que quedaba denegada la solicitud de acceso a la información pública en tres de las cuatro fuentes para las que había carácter de “reservado”, pues su conocimiento podría afectar la seguridad y defensa nacional.

No obstante, el Tribunal consideró injustificado que el Ejército le hubiera negado a Dejusticia el acceso a uno de las cuatro fuentes, en concreto, hizo referencia al Reglamento General de Inspecciones del Ejército EJC 3-7-1, Segunda Edición, pues se trata de un manual de procedimientos para inspecciones y auditoría interna de la institución, que de ninguna forma hace alusión a aspectos que involucren la defensa y seguridad del Estado ni de las unidades militares.

Conozca el caso aquí

Luego del envío de un nuevo derecho de petición en enero de 2018 para solicitar el cumplimiento de lo dispuesto por el Tribunal, el 13 de junio de 2017  el Ejército finalmente nos remitió una copia digital del Reglamento General de Inspección del Ejército.

Logramos acceder al Informe de la Comisión Asesora para la Depuración de los Datos y Archivos de Inteligencia y Contrainteligencia

La Ley de Inteligencia, expedida en 2013 para poner límites a las actividades de inteligencia y contrainteligencia del Estado, ordenó la creación de la Comisión Asesora para la Depuración de los Datos y Archivos de Inteligencia y Contrainteligencia, en manos de la Procuraduría. Este órgano tenía por objeto producir un informe en el que se formularan recomendaciones al Gobierno Nacional sobre los criterios de permanencia, retiro y destino de los datos y archivos de inteligencia y contrainteligencia que fueran retirados.

En abril de 2017, desde Dejusticia radicamos un derecho de petición ante la Procuraduría, solicitando la entrega de una copia de dicho informe. En la respuesta, el Ministerio Público nos sugería elevar la solicitud a la Presidencia de la República, en tanto el informe había sido entregado al Gobierno Nacional y en la Procuraduría no se contaba con una copia firmada del mismo.

Por remisión de la Procuraduría, en  julio de 2017 recibimos respuesta de la Presidencia, en la que se nos negó la entrega del informe argumentando que estaba protegido por la reserva “relacionada” a asuntos de seguridad y defensa nacional. Estas mismas razones fueron luego expuestas por la Procuraduría para negar el acceso al mismo documento.

Presentamos un recurso de insistencia, y tanto la Procuraduría como la Presidencia remitieron al Tribunal Administrativo de Cundinamarca la documentación correspondiente, para que fuera este alto tribunal el encargado de decidir esta controversia.

A raíz de ese caso se obtuvieron dos fallos contradictorios. En el primero, del 26 de octubre de 2017, la Subsección B de la Sección Primera, falló a favor de Dejusticia, ordenándole a la Presidencia de la República entregar el Informe. Sin embargo, una semana después, la Subsección A emitió un segundo fallo negando nuestras peticiones. Finalmente, y a raíz del primer fallo, la Presidencia de la República nos dio acceso al informe solicitado.

Queremos conocer los acuerdos de cooperación en materia de inteligencia

La Ley de Inteligencia también permite que los organismos de inteligencia y contrainteligencia nacionales cooperen con organismos que hacen lo mismo en otros países.

Teniendo en cuenta eso, en octubre de 2017 Dejusticia le envió un derecho de petición al presidente de la Junta de Inteligencia Conjunta para que nos informara si existen tratados, memorándums de entendimiento, o cualquier otro tipo de acuerdo bilateral, multilateral, interinstitucional o intergubernamental de intercambio de información de inteligencia y contrainteligencia entre Colombia y cualquier otro país o institución internacional.

Por competencia, la solicitud fue respondida en noviembre de 2017 por el Jefe de Inteligencia y Contrainteligencia Conjunta del Comando General de las Fuerzas Militares, quien negó el acceso a la información solicitada argumentando que la misma se encuentra reservada.

A pesar de interponer un recurso de insistencia, a la fecha no tenemos conocimiento de que el Comando General de la Fuerzas Militares haya remitido al Tribunal Administrativo de Cundinamarca la documentación correspondiente, para que sea este el encargado de decidir esta controversia.

 

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