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Los múltiples derechos fundamentales vulnerados de la población Wayúu: informe especial de Dejusticia
La información presentada se basa en una visita de campo realizada por Dejusticia a varias comunidades y rancherías de las diferentes regiones de La Guajira entre los días 18 y 23 de febrero de 2017, en el marco de la visita de inspección judicial y audiencias que la Corte Constitucional realizó en la zona. El escrito que presentamos lo dividimos en tres partes. En la primera, abordamos la situación fáctica que identificamos durante nuestra visita a la Guajira, respecto del derecho al agua, la alimentación, la salud y la educación. Hicimos especial énfasis en la situación de los niños, las niñas, las mujeres y personas de la tercera edad. En la segunda parte, presentamos un balance de la intervención estatal en esta región. En la tercera parte presentamos nuestras solicitudes a la Corte y en un anexo resumimos la información de los sitios visitados por Dejusticia para la elaboración de este informe. Asimismo, adjuntamos fotos, vídeos y audios de las personas entrevistadas.
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Sobre la situación fáctica, concretamente respecto del fenómeno de desnutrición de los niños y niñas Wayúu en La Guajira, Dejusticia identificó cinco ejes transversales que inciden en la vulneración de los derechos a la alimentación, educación, salud y agua, entre otros. Estos cinco ejes transversales son: (i) la geografía compleja y extensa del departamento de La Guajira, pues este se caracteriza no solo por su gran extensión sino además por ser una de las zonas del país con mayor déficit hídrico, con un 87.5% de desertificación; (ii) la falta de reconocimiento y comprensión de la población indígena por parte del gobierno nacional, que se evidencia en la situación de subregistro de situaciones de máxima precariedad; (iii) la pérdida de autodeterminación y autonomía del pueblo Wayúu sobre su territorio; (iv) un cambio en el modelo económico de la zona, de agricultura y ganadería de subsistencia a uno de extracción y explotación de la riqueza mineral y ambiental y (v) institucionalidad inadecuada, deficiente y corrupta, que reacciona mediáticamente con decisiones coyunturales que no resuelven los problemas de fondo ni son sostenibles en el tiempo.
Los elementos antes descritos tienen como consecuencia la vulneración de varios derechos fundamentales de la población Wayúu. Es por esto que en la primera parte también presentamos nueve ejes temáticos de vulneración de derechos humanos del pueblo Wayúu. Aunque el enfoque del caso ha sido la vulneración del derecho a la alimentación de los niños y las niñas Wayúu en esa parte describimos su relación con otros derechos como el agua, la alimentación, la salud, la educación, la libre determinación, autogobierno y diversidad cultural, identificación así como otros factores que inciden en el goce o vulneración de los derechos mencionados.
Finalmente, expusimos algunas de las características de la intervención estatal que identificamos en algunos de los lugares que visitamos. Por ejemplo, señalamos que es posible apreciar un accionar coyuntural de las instituciones en virtud del supervisor externo que las vigile. Asimismo, es posible establecer que hace falta seguimiento a los proyectos que se han establecido y que en algunos sectores como educación, salud y agua es evidente la inacción estatal.
Con base en lo anterior, insistimos a la Corte Constitucional que ordenara, entre otras, declarar un estado de cosas inconstitucional en relación a la crisis de agua y alimentos del pueblo Wayúu y en especial de sus niños y niñas, situación que está violando sus derechos a la alimentación, agua, educación, salud y autodeterminación.
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