Skip to content

Acoso sexual

La Corte establece que la autonomía de las universidades no puede amparar la afectación de derechos fundamentales de los miembros de la comunidad. | Maranatha Pizarras, Unsplash

MinEducación tiene el deber de dar línea a las universidades para enfrentar el acoso sexual: Corte Constitucional

La Corte Constitucional acaba de emitir una sentencia sin precedentes en nuevo caso de acoso sexual y laboral en una universidad del país. El fallo obliga a Unibagué a reintegrar de la profesora Mónica Godoy, despedida tras denunciar casos de acoso laboral y sexual a mujeres en el campus, y a diseñar un protocolo de atención claro para atender estos casos.

Por: Dejusticia, Nina Chaparro GonzálezJulio 11, 2018

La Corte Constitucional falló a favor de la profesora Mónica Godoy en la tutela presentada tras su despido sin justa causa de la Universidad de Ibagué hace casi un año. Godoy coordinaba el diplomado de Equidad de Género y fue encargada del manejo de varios casos de acoso laboral y sexual que denunciaron varias vigilantes, y un presunto caso de abuso sexual que denunció una estudiante. La profesora sirvió de puente entre las víctimas y las directivas y recomendó a la universidad establecer un protocolo para el manejo de estos casos. Pero al poco tiempo fue informada de su despido.

En septiembre de 2017 Mónica Godoy presentó una tutela que fue negada en primera y segunda instancia. En ella solicitaba el amparo de sus derechos a la libertad de conciencia, a la libertad de expresión, al libre desarrollo de su personalidad y a no ser discriminada por su opinión política o filosófica. Sin embargo, la Corte Constitucional seleccionó su tutela para revisión y falló una sentencia sin precedentes.

 

 

En la sentencia, la Corte establece que si bien las universidades tienen libertad académica y de pensamiento, y autonomía para diseñar sus propios reglamentos, esta autonomía no puede amparar la afectación de derechos fundamentales de los miembros de la comunidad.

La Corte corroboró que el despido de Mónica Godoy era ilegítimo porque tuvo como fundamento evitar la visibilización de las situaciones de acoso laboral y violencia de género en la universidad y acallar las denuncias de la profesora. Y que la Universidad de Ibagué no podía ampararse en la autonomía universitaria para justificar su despido.

La Corte también resaltó que los Estados tienen una obligación en el derecho internacional de proteger, respetar y garantizar el derecho de las mujeres a estar libres de violencia. Y por eso deben tomar todas las medidas necesarias para diseñar e implementar políticas públicas efectivas para eliminar la violencia y discriminación de género. Y esta responsabilidad de combatir la violencia de género no solo le corresponde al Estado sino también a las entidades privadas, como las universidades.


Le puede interesar:

Nuevo caso de acoso sexual y laboral en una universidad sin respuesta adecuada por parte de la institución


Finalmente, la Corte ordena a la Universidad de Ibagué la creación e implementación de un protocolo de actuación para los casos de violencia de género en la institución, así como rutas y procedimientos claros y efectivos para dar trámite a las denuncias. La Corte le hizo un llamado al Ministerio de Educación para establecer lineamientos para las instituciones de educación superior en relación con sus obligaciones frente al cumplimiento de normas nacionales e internacionales en los casos de acoso laboral y  de violencia sexual y de género que sucedan en su interior.

Este llamado es urgente, pues según datos publicados en Vice, como regla general, en las universidades colombianas hay un vacío a la hora de tener claro cómo lidiar con el acoso y abuso sexual en los campus. De las 30 universidades mejor rankeadas en el país, según el Ranking QS de Universidades Latinoamericanas, solo dos cuentan con reglamentaciones específicas sobre equidad de género y violencia sexual. Además, se calcula que entre 2008 y 2017, según datos de la Fiscalía General de la Nación, se presentaron 10830 denuncias por el delito de “acoso sexual” relacionado con “estudiantes”.

La intervención de Dejusticia y otras organizaciones

Dejusticia, junto con otras organizaciones, intervino en este proceso a favor de la profesora Mónica Godoy. En la intervención de Dejusticia argumentamos que el discurso de la profesora contaba con una protección especial constitucional por estar defendiendo los derechos de las mujeres.

También argumentamos que la Constitución y la ley obligan a las universidades a garantizar que sus planteles sean espacios libres de discriminación y violencia de género y que, al no tener un mecanismo claro y efectivo para prevenir y sancionar el acoso y abuso sexual, la Universidad de Ibagué no solo estaba incumpliendo sus obligaciones legales, sino que estaba siendo tolerante con estas conductas.

Powered by swapps
Scroll To Top