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Nuestras propuestas para enfrentar la crisis de implementación del punto sobre drogas ilícitas del Acuerdo de Paz

A raíz de la masacre de seis campesinos en Tumaco, en hechos que involucrarían a la Policía Antinarcóticos y que hoy son objeto de investigación, Dejusticia entrega ocho recomendaciones para que se cumpla lo pactado en el punto 4.

Por: DejusticiaOctubre 13, 2017

  1. El Gobierno Nacional debe dar instrucción al más alto nivel de la Fuerza Pública de cesar la erradicación forzada de cultivos ilícitos, especialmente en aquellas zonas donde ya se hayan firmado acuerdos colectivos de sustitución. La meta de erradicación de 50.000 hectáreas, anunciada en enero del 2017, debe ser revisada a la luz de la situación actual de seguridad en los territorios donde persiste la coca.
  2. Esto no significa que la erradicación forzada esté excluida pero que, conforme al Acuerdo de Paz y a las recomendaciones de todos los expertos en el tema, debe ser una medida de última instancia. Y que por ello se aplicará cuando: i) existiendo acuerdos con las comunidades haya familias que no manifiesten su voluntad de sustituir; ii) se incumplan los compromisos adquiridos en los acuerdos entre las familias y el Gobierno Nacional, sin que medie caso fortuito o fuerza mayor; iii) cuando no haya acuerdo con las comunidades; o iv) cuando los cultivos no registren poseedores.
  3. El Gobierno Nacional, en cabeza de la Alta Consejería para el Posconflicto y la Dirección para la Sustitución de cultivos ilícitos, debe adoptar una ruta de implementación del Programa Nacional Integral de Sustitución de Cultivos de Uso Ilícito (PNIS) ajustada al contexto de cada territorio. Para zonas objeto de erradicación y con condiciones volátiles de seguridad (con presencia de grupos armados ilegales y disidencias), siempre que se planee intervenir a través de la Fuerza Pública debería contarse con el acompañamiento de terceros neutrales como la Defensoría del Pueblo, la Misión de Verificación de la ONU o la Oficina del Alto Comisionado para los Derechos Humanos, para verificar el uso proporcional de la fuerza en caso que se deba hacer uso de ella.
  4. El acuerdo de paz protegió al campesinado cocalero que se acogiera al PNIS a través del cese de toda acción penal por un periodo de un año, contado a partir de la expedición de una ley que deberá ser presentada por el Gobierno Nacional. Esta garantía del Acuerdo da seguridad jurídica a los campesinos y a los funcionarios del gobierno que adelantan la implementación del PNIS. El Gobierno Nacional debe tramitar a la mayor brevedad el proyecto de ley de tratamiento penal diferenciado en concordancia con los principios pactados en el Acuerdo y debe acoger a las personas que, por situaciones de pobreza y debilidad de la asistencia estatal, tengan cultivos ilícitos y manifiesten voluntad de acogerse al programa nacional de sustitución.
  5. El Gobierno Nacional debe divulgar, a la mayor brevedad posible, la ruta de interacción entre el punto 1 del Acuerdo (Reforma Rural Integral) y el punto 4 (drogas de uso ilícito). El tránsito del campesinado de una economía ilegal a una legal requiere una transformación de las políticas agrarias y rurales en general, que promuevan el desarrollo socioeconómico y los derechos de las personas que habitan estos territorios. Para este fin, y tal como lo dice el Acuerdo, los procesos de sustitución son apenas el inicio de dicha transformación. El Gobierno debe dar a conocer al campesinado la ruta para articular las intervenciones en el marco del desarrollo con enfoque territorial pactado en el punto 4.
  6. La Dirección de Sustitución de cultivos ilícitos debe presentar cuanto antes un cronograma de actuación para la elaboración e implementación de los Planes Integrales comunitarios y municipales de Sustitución y Desarrollo Alternativo (PISDA). Hay 64 municipios en donde existen acuerdos colectivos de sustitución y en donde no habrá PDET. En estos municipios la herramienta para que el campesinado tenga una la transformación territorial que le permita mejorar sus condiciones de vida y la productividad de sus cultivos serán los PISDA.
  7. El Gobierno Nacional, en coordinación con las FARC y los garantes internacionales del Acuerdo, debe promover y facilitar el acompañamiento de organizaciones sociales en el territorio en las actividades de implementación del punto 4, a fin de generar espacios de confianza del campesinado en el marco de estos procesos de desarrollo.
  8. La Misión de Verificación de la ONU, a través de sus oficinas regionales, debe asumir un papel facilitador en la implementación de medidas de seguridad para el campesinado en las zonas donde se efectúan procesos de sustitución de cultivos ilícitos.

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