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Pijao, el pueblo ‘slow’ que puso en jaque al sector minero

En este artículo de El Tiempo, Laura Sepúlveda cuenta cómo Dejusticia apoyó formulación de tutela de habitantes de Pijao para conseguir consulta popular sobre temas mineros.

Por: Octubre 19, 2016

Un fallo de la Corte Constitucional le permitirá a los municipios decidir sobre el uso del suelo.

Los habitantes de la tranquila localidad de Pijao, en Quindío, tuvieron una semana agitada. La noticia de que su municipio estaba en la primera plana de los medios de comunicación del país rompió su cotidianidad. Todo por una acción de tutela que interpuso una líder del municipio, que buscaba convocar a una consulta popular contra la minería pero que logró lo inesperado: que la Corte Constitucional advirtiera que los entes territoriales sí puedan prohibir la minería.

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Aunque la sentencia de la alta corte le cayó como agua fría al gremio minero que no entiende cómo este fallo puede “legislar sobre el sector (minero)”, en el municipio celebran la decisión, pues aseguran que los 23 títulos mineros que hay vigentes amenazan su vocación agrícola.

Estos títulos fueron precisamente los que motivaron a la comunicadora social y exconcejal de Pijao, Mónica Flórez, a buscar los mecanismos que fueran necesarios para frenar la posible llegada de la locomotora minera al primer municipio ‘slow’ o sin prisa del Latinoamérica.

Tras varias actividades con la comunidad incluido un cabildo abierto, Mónica presentó la propuesta al alcalde anterior, Alberto Peña, quien radicó en el Concejo Municipal un proyecto de acuerdo sobre la consulta popular y esta corporación lo aprobó por unanimidad.

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La iniciativa llegó al Tribunal Administrativo del Quindío que declaró inconstitucional la pregunta “¿está usted de acuerdo, sí o no, con que en el municipio de Pijao se ejecuten actividades que impliquen contaminación del suelo, pérdida o contaminación de fuentes hídricas, afectación a la salubridad de la población, o afectación de la vocación agropecuaria del municipio, con motivo de proyectos mineros?”.

Con el apoyo de la organización Dejusticia, la comunicadora formuló una acción de tutela contra el Tribunal del Quindío que radicó en el Consejo de Estado y que, en primera y segunda instancia, fue negada. “Sentí que el Tribunal nos había negado el derecho para que los ciudadanos de Pijao decidamos sobre el uso del suelo”, dijo Flórez.

Pero esto no se quedó ahí, pues el caso pasó a la Corte Constitucional, que esta semana reveló su decisión: proteger el derecho de los habitantes de Pijao de expresar su opinión a través de las urnas frente a los impactos de la actividad minera en su territorio.

“Pijao sienta un precedente en este tema, porque la Corte está diciendo finalmente que quienes deciden sobre minería en los municipios son sus habitantes”.

Con estos títulos mineros, Pijao se vio contra las cuerdas, pues vio amenazada su permanencia en la red mundial Cittaslow o ciudades sin prisa, objetivo que se consiguió después de 11 años y de la mano de Flórez, quien logró que Pijao fuera incluido en 2014 en esta red, que en ese momento tenía 221 pueblos de todo el mundo. Ella cuenta que fue su hermano, el concejal de Bogotá Juan Carlos Flórez, quien le dio la idea de que Pijao podría hacer parte de la red.

Este grupo de ciudades sin prisa está conformado por localidades de menos de 50 mil habitantes que viven en comunión con la naturaleza, la cultura local y les brindan una buena calidad de vida.

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Los habitantes de este municipio, como la mayoría de los quindianos, como lo dijo el Gobernador del departamento, Carlos Osorio, rechazan la minería. Incluso, en algunas de las coloridas viviendas, se aprecian letreros en contra de proyectos mineros.

En 2012, se realizó allí una multitudinaria marcha en contra de la minería. Pijao es el primero de los municipios del Quindío que llevó al Tribunal Administrativo su intención de realizar una consulta popular. Aunque los actuales alcaldes de Córdoba y Salento han dicho que van a convocar a una consulta, aún no lo han hecho.

Sin embargo, en el departamento hay optimismo tras la sentencia de la Corte, pues el Tribunal de Quindío no podrá negar la posibilidad de una consulta popular con el argumento de que los entes territoriales no tienen el poder de tomar la decisión de regular el uso del suelo.

Cabe recordar que, hace meses, la Corte tumbó el artículo 37 de la Ley 685 del 2001, el Código Minero, que les impedía a alcaldes y concejos crear en sus municipios zonas vedadas para la minería. Con este fallo, a través de consultas populares y reformas de los Planes de Ordenamiento Territorial (POT), los entes locales podrán frenar cualquier proyecto minero, una facultad que estaba en manos de las autoridades nacionales.

El alcalde de Pijao, Edinson Aldana, señaló que quedaron las puertas abiertas y que “la ciudadanía me presente la consulta. Es mi obligación como alcalde prestar todas las herramientas necesarias para realizar la consulta”.

Por su parte el personero Albert Quintero también celebró la decisión, “es muy importante para nosotros por la conservación de los recursos naturales del municipio. Y se establece un precedente para que en los demás municipios puedan iniciar estos procesos”.

Tomado de El Tiempo.

 

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