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Con esta publicación sobre acceso a información en tiempo de pandemia comenzamos la entrega de nuestra serie de artículos de investigación #DelMiedoALaAcción. | Engin Akyurt en Unsplash

¿Por qué la información es un salvavidas durante la pandemia?

La información es materia prima de la democracia. Con esa idea abrimos la serie de artículos de investigación Del Miedo a la Acción, con la que buscamos comprender los efectos del COVID-19 en los derechos humanos y proponer alternativas para minimizar sus impactos.

Por: DejusticiaJunio 5, 2020

Buena parte de las soluciones a los problemas ocasionados por la pandemia dependen de la transparencia y del acceso efectivo a la información. Con esa premisa, la directora de Dejusticia, Vivian Newman Pont, y los investigadores Juan Carlos Upegui Mejía y Daniel Ospina Celis, inauguran la serie de documentos Del Miedo a la Acción, con la que buscamos comprender los efectos del COVID-19 en los derechos humanos y proponer alternativas para minimizar sus impactos.

Desde una fórmula didáctica y efectiva (buenas y malas prácticas en Colombia y el mundo, y algunas recomendaciones) este primer documento deja claro que la ausencia de información o su conocimiento tardío hacen perder oportunidades valiosas para enfrentar los efectos de la emergencia sanitaria, e incluso ponen en riesgo vidas humanas.

Los autores exponen que las falencias informativas afectan de forma especial los derechos a la salud, a la vida, al mínimo vital, a la libertad de expresión y a la participación. Estos derechos son fundamentales para reorientar las políticas públicas, controlar los excesos del poder o vigilar y evitar la corrupción.

Sobre información sesgada o discriminatoria 

Cierto grupos de la sociedad, sobre todo la población migrante, sufren discriminación cada vez que se difunde información sesgada sobre la pandemia por el COVID-19. La existencia de prejuicios o estereotipos alimenta esa dinámica. Entretanto, la brecha digital causa desigualdad: mientras unas personas acceden a los beneficios de la tecnología y el internet, otras no, sobre todo aquellas que se encuentran en la ruralidad.

Los autores de este documento sugieren que el diseño de medidas sensibles a la desigualdad económica se debe acompañar de conectividad y de alfabetización digital. Y es que con acceso a internet en medio de la cuarentena la población más vulnerable podría conocer las instrucciones de prevención del virus, enterarse de los subsidios implementados por el Gobierno, acceder a educación virtual, realizar ritos y prácticas religiosas, ejercer la libertad de expresión, congregarse virtualmente en comunidad y hasta recibir el servicio médico por medios digitales.

Además, para evitar la discriminación, las autoridades estatales tienen el deber de pronunciarse sobre cuestiones de interés público con mayor diligencia que la de cualquier ciudadano. Esto quiere decir que deben abstenerse de comentarios racistas, xenófobos o en general discriminatorios en razón del amplio poder mediático que tienen.

Acerca de la desinformación por noticias falsas

En emergencias como la generada por la COVID-19, la desinformación puede ser un factor de vida o muerte. Por eso, los autores del documento recomiendan al Gobierno abordar de forma rápida el problema, en asocio con los medios de comunicación y la empresa privada.

¿Cómo? Identificando la legitimidad de las fuentes, alertando sobre noticias falsas (sin vulnerar el derecho fundamental a la libertad de expresión y sin promover herramientas de censura) y ofreciendo información confiable para implementar acciones autorregulatorias que combatan la desinformación.

Sobre la entrega proactiva de información 

Por tratarse de una situación de excepción que ha limitado algunas de las libertades de los ciudadanos, como la libre locomoción, la libertad de reunión física y el derecho a la protesta, se vuelve más importante acceder a la materia prima de la democracia: el acceso a la información.

 

Vuelva a ver nuestro ciclo de conversaciones digitales sobre el coronavirus y la desigualdad Del Miedo a la Acción

Por eso, este documento exhorta al Gobierno a entregar información de calidad: oportuna, veraz, procesable, disponible en diferentes formatos, con lenguaje sencillo y accequible para personas que habitan en lugares remotos.

Lo anterior implica, como mínimo, que la ciudadanía pueda conocer información relacionada con los estudios epidemiológicos con los que el Gobierno nacional toma decisiones, quiénes lo asesoran, con qué datos cuenta para analizar la expansión del virus, cuáles son las medidas económicas que está adoptando, con cuáles busca enfrentar y mitigar la violencia intrafamiliar y otro tipo de situaciones de discriminación, entre otros datos.

De igual forma, los investigadores plantean que no es suficiente con que el Gobierno informe que un monto de dinero será asignado a algún fondo para la emergencia, sino que debe informar qué sucede con dicho ingreso y en qué se está invirtiendo.

Por último, destacan que, si bien el sitio web coronaviruscolombia.gov.co es un paso en la dirección correcta, no es claro cuáles son todas las fuentes técnicas que nutren las decisiones del Ejecutivo, cuáles son las limitaciones del modelo estadístico en el que se basa y dónde está claramente expuesta la información sobre cómo acceder a los auxilios económicos que ofrece el Gobierno.

Los tiempos de respuesta de entidades estatales

El Gobierno expidió el Decreto Legislativo 491 del 28 de marzo de 2020 en el que, salvo normas especiales, amplió el número de días para dar respuesta a peticiones durante la emergencia económica, así como para entregar información pública y resolver consultas de otro tipo. 

En principio, es comprensible que, en razón de la pandemia y del teletrabajo, se requieran términos superiores para dar respuestas a las inquietudes ciudadanas ordinarias. Sin embargo, no se estableció ningún término expedito para peticiones vitales relacionadas con las dificultades derivadas de la emergencia. 

En Dejusticia consideramos que además de que el régimen de ampliación de términos debe ser temporal, debe existir este canal extraordinario, y así lo expusimos ante la Corte Constitucional.

Por ello, los autores de este documento recomiendan la creación de ese canal, que dé respuesta urgente, o fast-track, a solicitudes de información relacionadas con el Covid-19 en no más de tres días a ciertas peticiones. Además, sugieren que la Procuraduría Delegada para la Defensa del Patrimonio Público, la Transparencia y la Integridad vigile más que nunca el cumplimiento de la Ley de Transparencia, para garantizar así el derecho fundamental de acceso a información pública.

 

Para descargar el primer artículo de investigación de la serie Del Miedo a la Acción,  ‘Información en emergencias: un salvavidas’, haga click aquí

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