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Datos personales en información pública: Oscuridad en lo privado y luz en lo público

Vivian Newman Pont | Marzo 17, 2015

Foto: Sonny Abesamis

En una democracia constitucional, la transparencia en la esfera pública y el secreto en la esfera privada son valores necesarios, prioritarios y complementarios.

En la cosa pública se requiere luz que nos permita ejercer el control ciudadano, exigir la garantía de los derechos, vigilar los dine- ros públicos, monitorear el funcionamiento estatal y, en general, facilitar la participación en las decisiones que nos afectan. La vida privada, en cambio, amerita sombras para el florecimiento de la autonomía, la auto- determinación y la libertad (Uprimny, Fuentes, Botero y Jaramillo 2006: 113 y ss.). La protección y el secreto en la vida privada nos permitirán desarrollarnos y ser personas despreocupadas de las consecuencias nega- tivas derivadas de la exposición de nuestra intimidad intrascendente para terceros, al tiempo que la trasparencia enriquecerá nuestra posibilidad de participar e intervenir en materias de importancia pública.

En este documento exploramos cuál ha sido la respuesta de la ley y la jurisprudencia colombianas frente a las tensiones entre la intimidad y la publicidad de los datos. Lo haremos a partir de un primer capítulo dedicado a la revisión de la normativa existente en materia de publicidad y protección de datos personales, así como a su conceptualización legal y jurisprudencial (I), y seguiremos con un segundo capítulo que analiza la legislación y las principales decisiones de la Corte Constitucional que han aplicado dicho marco normativo en la práctica para definir unos estándares de implementación en ciertas hipótesis (II). Finalmente, extraeremos unas conclusiones básicas que esperamos sean útiles en la armonización de esta tensión.

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