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Declaración del Relator Especial de la ONU sobre el derecho a la salud con respecto a la adopción del etiquetado frontal de advertencia en alimentos y bebidas para hacer frente a las enfermedades no transmisibles

Dejusticia | Julio 27, 2020

Foto: Sonny Abesamis

Se sabe que la ingesta de productos alimenticios que contienen niveles excesivos de nutrientes críticos, como azúcares, sodio, grasas totales, grasas saturadas y ácidos grasos trans, plantea un mayor riesgo de obesidad y enfermedades no transmisibles.

Las enfermedades no transmisibles (ENT) son un gran desafío de este siglo, que tiene sus raíces en el sobrepeso, la obesidad y las dietas malsanas. Como parte de sus deberes en materia de derecho a la salud, los Estados deben afrontar los factores de riesgo prevenibles de las ENT relacionadas con el régimen alimentario y promover marcos en los que la industria de alimentos y bebidas transmita información precisa, fácilmente comprensible, transparente e inteligible sobre sus productos. A este respecto, las normas de etiquetado frontal de advertencia son
muy necesarias.

Esta es una traducción realizada por Dejusticia, con el fin de contribuir a la difusión de un documento que consideramos de relevancia pública. No es una traducción oficial de Naciones Unidas. Todos los errores son nuestros.

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