Skip to content

Descriminalizar para proteger. Modelos alternativos de regulación del aborto: Despenalización total y regulación sanitaria en Canadá, Australia y Nueva York

Foto: Sonny Abesamis

Este documento analiza los casos de distintas partes del mundo que han regulado el aborto exclusivamente mediante leyes sanitarias y han prescindido de cualquier tipo de criminalización en contra de mujeres o profesionales de la salud que accedan a o practiquen un aborto.

* Escrito junto a María Clara Zea, pasante de la Línea de Antidiscriminación de Género 2021-1

Hoy existen en el derecho comparado varios modelos de regulación del aborto, los cuales transitan en un espectro de mayor o menor uso del derecho penal o en la exigencia de requisitos necesarios para acceder al servicio. De un lado, encontramos aquellos modelos más cercanos al uso intensivo del derecho penal que criminalizan a la mujer y a quienes prestan el servicio del aborto. Y, de otro lado, están aquellos que reducen el uso del derecho penal, ya sea por medio de causales -en donde es permitido el aborto en ciertas circunstancias generalmente extremas- o de plazos -en donde las mujeres pueden acceder al aborto sin requisitos los primeros meses de gestación-.

En este texto presentamos una nueva alternativa que se desprende por completo del derecho penal y regula el aborto únicamente a través de leyes sanitarias. A este modelo le llamamos despenalización total y regulación sanitaria. Nuestro objetivo es mostrar que la despenalización total, entendida como la eliminación del delito de aborto de los códigos penales, es posible y puede coexistir con una regulación basada en la salud pública, orientada a garantizar el acceso a los servicios de aborto. Para esto, presentaremos tres casos de estudio de países y estados federales que han regulado el aborto exclusivamente mediante leyes sanitarias y, por lo tanto, han prescindido de cualquier tipo de criminalización en contra de mujeres o profesionales de la salud que accedan o practiquen un aborto, respectivamente.
Los tres lugares que estudiamos en este texto son: i) Canadá, que despenalizó el aborto en 1988 mediante la decisión R. vs. Morgentaler; ii) El Territorio Capital de Australia (TCA), en Australia, que eliminó el delito de aborto del Código Penal mediante una enmienda legal en 2002; y iii) El Estado de Nueva York, en Estados Unidos, donde se eliminó el delito de los códigos federales mediante el Reproductive Health Act de 2019.

Powered by swapps
Scroll To Top