Luego de analizar los debates legislativos que precedieron a la reforma y la jurisprudencia, este documento plantea una regulación legal compatible con la Constitución Política y la jurisprudencia de las altas cortes: los clubes sociales cannábicos (CSC).
Este texto es una respuesta al debate sobre la necesidad de reformar o no la Constitución para regular el mercado de cannabis o de cualquier sustancia psicoactiva ilícita en Colombia, dada la prohibición al porte y consumo introducida al artículo 49 constitucional en 2009. Luego de analizar los debates legislativos que precedieron a la reforma y la jurisprudencia, se concluye que si se quiere que la regulación del mercado de cualquier sustancia psicoactiva cuente con seguridad jurídica, es necesaria dicha reforma. Aun así, con una dosis de realismo, este documento plantea una regulación legal compatible con la Constitución Política y la jurisprudencia de las altas cortes: los clubes sociales cannábicos (CSC).
Para llegar a estas conclusiones, partimos de la despenalización del porte y consumo de sustancias psicoactivas en Colombia y sus efectos. Luego —desde un ejercicio de interpretación historicista— retomamos los debates que antecedieron a la prohibición constitucional del artículo 49, los exámenes de constitucionalidad que tuvo el acto legislativo que reformó la Constitución y la línea jurisprudencial sobre el tratamiento jurídico penal que le ha dado la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia al porte de sustancias psicoactivas. Con esto se aclaran los efectos de la reforma y el desarrollo de la jurisprudencia constitucional y penal de las altas cortes bajo esta prohibición. Finalmente, se explica qué son CSC y porqué son una solución viable en el campo político.
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