Skip to content

|

Recompensas sin pena ni gloria

La recompensa al guerrillero que mató a «Iván Ríos» pone en evidencia las inconsistencias de la política criminal y sus graves efectos sobre la igualdad ante la ley penal.

Por: Rodrigo Uprimny YepesMarzo 23, 2008

Resultan no sólo francamente contradictorias sino inadmisibles en una democracia las explicaciones dadas por la Fiscalía y el gobierno para abstenerse de juzgar y para otorgarle la recompensa al guerrillero ?Rojas? que mató a su jefe ?Iván Ríos? y le cercenó la mano para demostrar a las autoridades la identidad de su víctima y obtener así una recompensa monetaria.

Son contradictorias pues no es posible que el Fiscal argumente que no perseguirá al guerrillero, pues éste habría obrado en estado de necesidad o en legítima defensa o por un error invencible, y que el gobierno al mismo tiempo le otorgue la recompensa, por haber entregado a su jefe, por la sencilla razón de que ambas posiciones suponen motivaciones incompatibles.

Así, uno mata en legítima defensa o en estado de necesidad cuando lo hace por salvar su vida o por defenderse de un ataque; en esos casos uno actúa presionado por las circunstancias y por ello no debe ser castigado. En cambio uno recibe una recompensa cuando colabora con las autoridades; la persona asume entonces riesgos, ya sea por convicción o motivado por el interés; y por ello se admite que ha hecho méritos para recibir una recompensa.

Eso conduce a un obvio dilema: o el guerrillero mató presionado por las circunstancias o por un error, y por consiguiente no es culpable y no debería ser castigado. Pero tampoco debería recibir la recompensa, pues no hizo ningún merito para obtenerla. Su única recompensa sería no ir a la cárcel.

O por el contrario, concluimos que el guerrillero mató a su jefe persiguiendo la recompensa; y por consiguiente debe recibir el dinero, pero para disfrutarlo en la cárcel, pues habría cometido un homicidio voluntario, frente al cual no cabe la aplicación del principio de oportunidad. O salvo que concluyamos que en Colombia existen caza recompensas a lo James Bond, esto es, con permiso para matar.

Las tesis de la Fiscalía y el Gobierno son entonces contradictorias. Pero más grave aún, sus posiciones son realmente inadmisibles en una democracia, pues expresan una visión ética peligrosa e inaceptable, y tienen consecuencias graves sobre la igualdad ante la ley penal.

El riesgo de esa visión es que incorpora la tesis de que el logro de resultados a corto plazo permite justificar comportamientos tan graves como el homicidio. Pero esa tesis es incompatible con un Estado de derecho, respetuoso de los derechos humanos, como se supone que es Colombia. Y la razón es obvia: ese tipo de Estado parte de la idea de que así como existen fines tan odiosos, que no pueden ser perseguidos por ningún medio, existen también medios tan repugnantes, como el homicidio, que no pueden ser justificados por ningún propósito, por loable que éste sea.

Varios comentaristas han ya mostrado con claridad la inaceptabilidad de la visión ética que subyace a las posiciones del gobierno, por lo que me centraré en otro aspecto sobre el que no se ha insistido suficientemente y es el siguiente: el mismo gobierno que defiende la concesión de la recompensa al guerrillero homicida sancionó recientemente la ley de pequeñas causas, que no sólo endurece muchas penas para ciertos delitos callejeros, como un raponazo, sino que además ordena que las personas capturadas por esos pequeños crímenes no puedan ser excarceladas, mientras se adelanta su juicio. Una persona que roba un bombillo en un quiosco podría recibir de dos a seis años de arresto si tenía antecedentes.

La inconsistencia es obvia: mientras la ley de pequeñas causas endurece la reacción penal frente a delitos menores, como el robo de un celular, las decisiones del Fiscal y del Gobierno premian con la impunidad y con dinero un crimen terrible, como el homicidio.

Los efectos de esas inconsistencias son graves pues afectan profundamente un principio esencial en una democracia, que es la igualdad ante la ley penal.

Según ese principio, la severidad de una pena debe depender esencialmente de la gravedad del crimen y del grado de culpabilidad del delincuente. Pero debido a las inconsistencias del Gobierno eso no sucede hoy en Colombia en donde la desigualdad ante la ley penal es evidente.

Así, si un mendigo roba un espejo de un carro y es atrapado, puede recibir varios años de prisión y no podría ser excarcelado mientras se adelanta su juicio. Pero si un guerrillero asesina a su jefe y le corta la mano al cadáver para demostrar su hazaña, entonces no sólo no sería perseguido por la Fiscalía sino que además podría recibir una recompensa. Y eso para no hablar de las bajas penas previstas en la ley de justicia y paz por crímenes de lesa humanidad.

Con tales inconsistencias y desigualdades difícilmente se avanza en la construcción de un verdadero Estado de derecho en Colombia.

De interés:

Powered by swapps
Scroll To Top