El esquema de cobros del IVA monofásico permite que la base gravable sobre la que se calcula el IVA que pagan las limonadas y gaseosas sea mucho menor que el de otros productos, lo cual hace que el precio final al consumidor tenga un incremento menor en comparación a aquel que tendrían las frutas y verduras. | Kevin Laminto, Unsplash
Se gravan las frutas y verduras, pero no las gaseosas: paradojas de la reforma tributaria
Por: Dejusticia | Noviembre 19, 2018
En el Congreso de la República se está debatiendo una de las leyes más importantes del Gobierno de Iván Duque, la Ley de Financiamiento. Dentro de la iniciativa presentada por el Ministro Carrasquilla, se proponen varias medidas para aumentar el recaudo, que se explican por la necesidad de tapar el hueco fiscal de aproximadamente 14 billones de pesos que existe hoy. Una de las más polémicas es la propuesta de gravar con IVA de 18% a artículos de la canasta familiar que antes estaban exentos. En la práctica, si esto se aprobara, aumentaría el precio relativo de frutas y verduras que antes no tenían este gravamen, afectando la seguridad alimentaria de las familias colombianas.
Desde el punto de vista de salud pública esta no parece ser la mejor idea. La Organización Mundial de la Salud (OMS) en un informe recomienda establecer subsidios y ayudas sociales con el fin de hacer frutas y verduras más accesibles a todos, como una estrategia clave para incentivar el consumo de estos productos y prevenir así las múltiples formas de malnutrición, que afectan gravemente a América Latina, dónde más de 42.5 millones de personas se van a la cama sin comer o comiendo muy mal. De igual manera, organismos internacionales como Naciones Unidas a través de sus Objetivos de Desarrollo Sostenible y el Comité DESC, han manifestado que uno de los deberes del Estado es el de adoptar medidas para garantizar que toda persona tenga acceso al mínimo de alimentos esenciales suficientes inocuos y nutritivamente adecuados. Resulta, cuando menos, contradictorio, que mientras el gobierno expresa su acuerdo ante estas recomendaciones internacionales, por otro lado, promueve medidas fiscales que terminan por aumentar el precio de alimentos nutritivos y saludables, como frutas y verduras.
La contradicción es doble si se tiene en cuenta que, además, la Ley de Financiamiento mantiene intacto el precio de aquellos productos no saludables. En efecto, la propuesta del Gobierno no dice nada sobre el artículo 446 del estatuto tributario que establece que limonadas, aguas gaseosas aromatizadas y otras bebidas tienen un IVA monofásico, distinto al IVA plurifásico que pagarían los bienes de la canasta básica. El esquema de cobros del IVA monofásico permite que la base gravable sobre la que se calcula el IVA que pagan las limonadas y gaseosas sea mucho menor que el de otros productos, y que, en consecuencia, el precio final al consumidor tenga un incremento menor en comparación a aquel que tendrían las frutas y verduras.
La propuesta del Gobierno es también problemática en tanto que guarda silencio sobre otras propuestas de recaudo que serían más compatibles con la salud pública como son los “impuestos saludables”. Este tipo de impuestos busca desincentivar el consumo de producto nocivos (tabaco, licor, bebidas azucaradas, comida chatarra, etc.) con un impuesto o tasa adicional que aumente su precio de venta. En Colombia, desde 2016 ya se viene discutiendo un impuesto específico a las bebidas azucaradas, ya qué, por su exceso de azúcares y poco valor nutricional, son nocivas para la salud. La propuesta inicial buscaba que estas bebidas fueran gravadas con un impuesto del 20 al 24% sobre su precio final.
Este impuesto saludable tendría enormes beneficios en materia de salud pública y actuaría como una medida de prevención contra la obesidad y el sobrepeso. Según la Encuesta Nacional de la Situación Nutricional (ENSIN), entre los años 2010 y 2015, las personas con exceso de peso en Colombia han aumentado considerablemente, especialmente en los niños y niñas entre 5 y 17 años. La OMS en un informe de 2017, argumenta que gravar las bebidas azucaradas es la forma más efectiva de desincentivar el consumo de éstas (un impuesto del 20% reduciría el consumo en un 20%) y de generar impactos positivos en cuanto a la prevención de la obesidad. En Colombia, un estudio mostró que un impuesto de esta naturaleza del 24% reduciría la obesidad de los hogares de ingresos más bajos entre un 5% a un 10% y en los hogares de ingresos medios la reducción sería entre 5% y 8%.
En adición, el impuesto también tendría un impacto positivo en materia de recaudo. Si bien, este dependería de la tarifa impuesta, según investigadores de la Universidad Javeriana, una tasa del 20% al precio final de estos productos, recaudaría aproximadamente 1 billón de pesos anualmente. Una cifra nada despreciable, si se tiene en cuenta que el Ministerio de Salud en el año 2016 calculó que más de 25 billones de pesos anuales de los recursos en salud se dirigen a enfermedades prevenibles. Sólo el gasto por diabetes atribuible a bebidas azucaradas es de más de 740.000 millones al año.
A manera de ejemplo, las experiencias de México y la ciudad de Berkeley en Estados Unidos han sido positivas y han ido demostrando la efectividad de este impuesto. Mientras en México, en el año 2014 se impuso un gravamen de 1 peso por litro a las bebidas azucaradas. En el mismo año la ciudad de Berkeley (Estados Unidos) aprobó un referendo para implementar un impuesto a estas bebidas de 1 centavo por onza. Aunque estas experiencias aún son muy recientes, y requerirán mayor monitoreo e investigación en siguientes años, diferentes estudios publicados en el British Medical Journal, el American Journal of Public Health y la Public Library of Sciences (PLOS) Medicine han demostrado que (i) el costo de implementación de esta esta medida es bajo para el Estado, (ii) el impuesto reduce el impacto negativo de estas bebidas a la salud pública, mientras (iii) genera dinero adicional para el presupuesto público. Sólo en el caso de México se estima que el actual impuesto a bebidas azucaradas prevendría alrededor de 190,000 casos de diabetes tipo 2 en los primeros 10 años de la medida, ahorrándole al sistema de salud más de 980 millones de dólares, que corresponden al costo de cuidado de estos casos de diabetes.
Por esta razón, el pasado 9 de noviembre, en un comunicado conjunto varias organizaciones de la sociedad civil hicimos un llamado para que el Gobierno y el Congreso de la República antes de gravar con IVA, frutas y verduras, se elimine la exclusión del artículo 446 del Estatuto Tributario y se adopte el impuesto a las bebidas azucaradas como una medida costo efectiva que permitiría aumentar el recaudo, al tiempo que prevendría la epidemia obesogénica y reduciría el gasto en salud.