| Sentencia STC-4360 de 2018 de la Corte Suprema de Justicia
Sentencia STC-4360 de 2018: Deforestación, conflicto armado y debilitamiento del Estado en la Amazonía
Por: Dejusticia | julio 24, 2024
El pasado 5 de junio, se realizó una audiencia judicial con el propósito de impulsar la implementación del objetivo fundamental de la Sentencia STC-4360 de 2018 de la Corte Suprema de Justicia: reducir la deforestación amazónica y, con ella, mitigar los efectos del cambio climático, adaptar los territorios para prevenir consecuencias graves por la variabilidad del clima y proteger los derechos de las generaciones futuras. En nuestra intervención, repasamos el actual contexto territorial y normativo, entregamos una serie de recomendaciones para que el Estado se articule efectivamente y extendimos una propuesta sobre la naturaleza jurídica del Pacto intergeneracional por la Vida del Amazonas Colombiano – PIVAC.
Este es un llamado a precisar el alcance de la implementación para evitar que se desarrollen medidas de “maladaptación” climática, violación de derechos humanos y/o acciones ineficaces, descoordinadas o inorportunas.
Un contexto territorial que se recrudece
El contexto territorial ha cambiado y también las medidas para contener la deforestación, afectando principalmente a comunidades que, como las campesinas e indígenas, dependen de la biodiversidad amazónica. Desde 2018 a la fecha, la deforestación en la región Amazónica colombiana ha mantenido registros alarmantes de pérdida y transformación del bosque. Al tiempo que, distintos informes de derechos humanos, reportan que gran parte de la región hoy se encuentra en disputa por varios grupos armados.
Durante el año 2023, las cifras oficiales evidenciaban una tendencia de disminución de la deforestación cercana al 35% respecto de los años anteriores. Sin embargo, en el primer trimestre de 2024 se ha emitido una alerta temprana que da cuenta de un nuevo incremento en la deforestación cercano al 40%. Según informó el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible (MADS), esto se debe a dos acciones principales: la acción significativa del Estado Mayor Central de las FARC en la zona y a sequías extremas asociadas a la variabilidad climática y al fenómeno de El Niño.
Este es un cambio estructural frente al contexto en el que se profirió la Sentencia STC-4360 de 2018, y que se debe a que los grupos armados están utilizando la deforestación como herramienta de presión en la Mesa de Diálogos sobre Paz. Esto implica que, a diferencia de las extintas FARC-EP, este grupo promueve o controla la deforestación con el objetivo de incidir en la posición del gobierno nacional en la mesa de negociaciones. Dado que las negociaciones no vienen dando los resultados esperados, la deforestación ha aumentado, lo que trae consecuencias graves, no sólo en la biodiversidad amazónica sino sobre los derechos de los pueblos indígenas, comunidades afros y campesinas altamente vulnerables.
La violencia armada ha afectado principalmente a los líderes y lideresas, y al funcionamiento de las organizaciones sociales que trabajan en la región para promover la conservación de la selva. El agravamiento del conflicto implica la pérdida de la gobernanza y el trabajo local relacionado con la conservación.
Un contexto normativo que se amplía
En términos legales, las leyes de los planes nacionales de desarrollo de los gobiernos de Duque y Petro (Leyes 1955 de 2019 y 2294 de 2003) han contado con normas que buscan detener la deforestación. Además, fue expedido el documento CONPES 4021 de 2020 “Política nacional para el control de la deforestación y la gestión sostenible de los bosques”.
El actual gobierno, ha presentado su estrategia de lucha contra la deforestación desde el MADS. Sin embargo, ninguna de estas estrategias y normas surtió proceso participativo alguno con las comunidades potencialmente afectadas, según los estándares constitucionales vigentes y pese a las fuertes tensiones por el ordenamiento local del territorio amazónico afectado y amenazado por la deforestación.
Pese a la existencia de estas iniciativas normativas de los gobiernos nacionales, que son posteriores a la Sentencia STC-4360, estas no fueron diseñadas para articularse con las órdenes judiciales, aun cuando se centren en el problema de la deforestación. Mientras cada gobierno plantea una nueva estrategia o plan antideforestación, no se ha consolidado una mirada de Estado sobre el problema. La desarticulación institucional se mantiene, las medidas continúan generando conflictos locales y la degradación de la Amazonía no cede.
Por otra parte, en términos constitucionales, una de las modificaciones más relevantes es la promulgación del Acto Legislativo 01 de 2023. Esta reforma constitucional fortaleció el régimen de protección constitucional del campesinado. En consecuencia, cualquier estrategia pública contra la deforestación tiene el deber constitucional de desarrollar la dimensión ambiental del campesinado, en este caso, el amazónico. En este mismo sentido, los pueblos indígenas deben contar con espacios efectivos de participación no sólo para incidir frente a los territorios ancestrales efectivamente afectados por la deforestación sino para la protección de las áreas aún conservadas en el marco de su autonomía.
Mínimos constitucionales en el marco de la implementación de la sentencia
Dado el nuevo contexto normativo y territorial, consideramos que es necesario definir unos mínimos constitucionales para el cumplimiento de las órdenes judiciales aludidas, de tal manera que se asegure el ejercicio diligente y eficiente de las autoridades en el mediano y largo plazo. Consideramos la siguiente propuesta para el establecimiento de estos mínimos:
- Incluir un enfoque diferencial que reconozca a los pueblos indígenas, comunidades afrodescendientes y al campesinado, en su condición de sujetos colectivos de especial protección constitucional, particularmente en su dimensión ambiental.
- Mejorar las condiciones de seguridad jurídica en relación con la ocupación y la tenencia de la tierra de poblaciones locales en condición de vulnerabilidad, así como de las medidas redistributivas que reviertan el acaparamiento entendiendo que la desigualdad en la tenencia de la tierra es un elemento que concurre como un importante factor de presión al bioma amazónico.
- Aumentar, cualificar y mejorar las condiciones del acceso a la información pública ambiental de los territorios amazónicos. Para esto, es fundamental mejorar la calidad, oportunidad e interoperabilidad de la información disponible para la toma de decisiones en materia de deforestación y de los territorios amazónicos en general.
- Garantizar la participación, imparcialidad, sostenibilidad, transparencia, consulta y articulación en las propuestas para contener y disminuir la deforestación.
- Garantizar un enfoque de derechos humanos que proteja a las comunidades locales en condición de vulnerabilidad de los efectos búmeran de las malas medidas de adaptación climática, principalmente pueblos indígenas, comunidades afrodescendientes y campesinado, por su condición de sujetos de especial protección constitucional.
- Garantizar la coordinación interinstitucional, bajo el principio de coordinación y concurrencia entre la Nación y los municipios que tienen competencias en relación con la deforestación.
- Garantizar especialmente la seguridad de personas y organizaciones locales amenazadas por los grupos ilegales que se dedican a la protección de la selva amazónica.
- Garantizar un enfoque preventivo frente al riesgo inminente de la pérdida de funcionalidad, conectividad y estructura en la Amazonía, de las actuaciones de las entidades públicas con competencias en el problema de la deforestación y la consecuente afectación en los pueblos indígenas, afros y campesinos.
- Mejorar los estándares de vigilancia, control y seguimiento en materia de acaparamiento de tierras, ganadería extensiva, praderización y monocultivos, con enfoque de derechos humanos que permitan una protección efectiva de las poblaciones locales vulnerables.
El PIVAC: una oportunidad intergeneracional para proteger el bioma amazónico
La orden relacionada con el PIVAC tiene un avance del 0%. Parte de la dificultad se debe a la indeterminación de este instrumento en el marco del ordenamiento jurídico colombiano, lo que impide concretar rutas de diseño, formulación, implementación y seguimiento.
La comprensión integral del PIVAC exige identificar no sólo su contenido sino su forma jurídica para garantizar su validez y eficacia. En relación con su validez, es decir, que el PIVAC surja a la vida jurídica sin vicios, es importante que sea expedido por el órgano competente y según el procedimiento establecido para el tipo de norma que dé forma al PIVAC. En cuanto a la eficacia del PIVAC, las disposiciones normativas deben ser diseñadas de tal forma que sea posible su cumplimiento. También, es necesario que existan consecuencias jurídicas ante su incumplimiento.
Sugerimos que se incluya una perspectiva de participación vinculante de niñez, adolescencia y juventud que permita fortalecer su incidencia efectiva e informada, en el debate público sobre la justicia intergeneracional.
En los archivos adjuntos a esta nota puedes descargar el informe de la audiencia y el documento descriptivo sobre el alcance del PIVAC.