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Sillas llenas, principios vacíos
Por: Rodrigo Uprimny Yepes | Junio 9, 2008
Como se recordará, esta reforma pretende limitar el estrago que sobre el Congreso ha tenido la infiltración de las organizaciones criminales, para lo cual modifica la regla actual, según la cual, la curul del congresista detenido o condenado por vínculos con estas organizaciones pasa al siguiente de su lista. Esa regla es considerada inapropiada, pues la curul sigue en manos de un grupo político que ha recibido apoyo de organizaciones criminales. La reforma plantea entonces que si un congresista resulta detenido por esa razón, entonces su grupo político debe perder esa curul; esa silla queda entonces vacía y el grupo debe además devolver los dineros públicos que recibió por esos votos ilegítimos. El Gobierno ha planteado tres objeciones a esa idea.
La más reciente, expresada en un comunicado de la Casa de Nariño el pasado viernes, es que dicha reforma implica desconocer la eficacia de la seguridad democrática. Pero ese argumento es realmente irrelevante y poco claro, pues resulta difícil entender su lógica. ¿Qué relación existe entre defender la “silla vacía” y cuestionar la seguridad democrática?
La segunda objeción, planteada por el Presidente en un discurso el 20 de abril, se refiere al momento en que debe aplicarse la “silla vacía”. La reforma plantea que debe ser desde la detención del congresista, mientras que el Gobierno aduce que, por la presunción de inocencia, debe operar sólo desde su condena.
Este reparo es más serio, pero no es suficiente, pues no debería conducir a un rechazo de la “silla vacía”, sino a una discusión más fina de su regulación. ¿Qué problema hay en que la pérdida de la curul sea definitiva cuando el congresista sea condenado pero que, como medida preventiva, exista una suspensión temporal de la curul, mientras el parlamentario se encuentra detenido?
Esa suspensión no viola la presunción de inocencia, pues si existen motivos suficientes para que la Corte Suprema detenga a un congresista, que no ha sido aún condenado, ¿por qué tales razones no deberían bastar para suspender temporalmente la curul de un grupo político, también como medida preventiva?
La última objeción consiste en minimizar la utilidad de la reforma. La “silla vacía” serviría muy poco, por lo que lo mejor sería realmente esperar la gran reforma política que logre blindar totalmente al sistema electoral de la influencia de narcos, ‘paras’, guerrillas y otras organizaciones criminales.
Este reparo tampoco convence, pues nadie ha sostenido que la “silla vacía” sea suficiente para librar a la política colombiana de influencias indebidas. Otras reformas, como la reestructuración de la organización electoral, son necesarias. Pero la “silla vacía” es un paso en la dirección correcta, pues sanciona a los grupos políticos que más gravemente se han visto involucrados con organizaciones criminales.
Esta última objeción recuerda un sofisma analizado por Bentham en su clásico Tratado de los sofismas políticos. Es el sofisma dilatorio de la “diversión artificiosa”, que consiste en enredar la aprobación de una reforma, que es buena, argumentando que hay otras reformas que son mejores.
La primera objeción del Uribismo a la “silla vacía” es entonces irrelevante, la segunda es insuficiente y la tercera es sofística. Por ello creo que la verdadera motivación del rechazo gubernamental fue expresada por el ministro Holguín, quien se opuso a la reforma argumentando que el Gobierno no iba a permitir que le “quitaran las mayorías con una propuesta de esa naturaleza”. En el Gobierno primaron entonces las consideraciones tácticas de mantener sus mayorías sobre la voluntad real de transformar la política colombiana. Todo lo cual contrasta con las promesas del Presidente en sus dos campañas presidenciales de acabar con la politiquería y la corrupción. El Gobierno prefiere que su coalición tenga las sillas llenas aunque quede vaciada de principios.