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Suenan campanas de boda
Por: Nelson Camilo Sánchez León | Julio 22, 2011
Tuvimos que esperar hasta el último día posible para saber si la Corte Constitucional le va a dar el sí al matrimonio igualitario. Desde hace más de dos años esta Corte esquiva ha tenido en vilo a la sociedad con su respuesta. El año pasado se le corrió al asunto valiéndose de excusas procesales, pero hoy es la fecha límite para que diga: sí, acepto.
Si la Corte da el sí, no hará otra cosa que legalizar una realidad social evidente. Porque como dice la canción, el amor es más fuerte, y ha dado para que las parejas del mismo sexo sigan venciendo esos viejos prejuicios sociales del derecho civil que les han impedido el ejercicio igualitario de sus derechos.
Y es que de eso se trata la decisión de esta tarde, de reconocer los mismos derechos. Ni más, ni menos; de tener la libertad de elegir, como cualquier persona, el cómo, el con quién y el cuándo comprometerse.
Argumentos de todo tipo se han escuchado para evitar que la Corte de su aceptación. La gran mayoría se resumen en postulados religiosos basados en las sus distinciones artificiales entre lo “natural” y lo “antinatura”, en la procreación como el único fin del matrimonio (como si uno se casara solo para tener hijos), y en argumentos anatómicos y biológicos, que han llegado hasta resaltar, como lo hacía ayer José Galat en una entrevista, la importancia de la lubricación para determinar la procedencia del matrimonio.
Pero la novia indecisa se tiene que concentrar exclusivamente en los temas jurídicos. Y allí también ha habido argumentos en contra. Según éstos, la Constitución Política, a diferencia de la señorita Antioquia, ya dijo que el matrimonio se contrae entre un hombre y una mujer, y que esa es la familia a la que se debe proteger.
Ni lo uno ni lo otro es cierto. Primero, porque la familia va más allá de lo que diga el acta de matrimonio. Eso lo sabe la sociedad y lo reconoce la Constitución, por ejemplo, cuando establece una protección especial para la madre cabeza de familia. Segundo, porque el texto de la Constitución reconoce una forma específica de matrimonio (el heterosexual), pero no proscribe otras. Esa es la forma más adecuada para interpretar la norma pues, entre otras razones, hacerlo de otro modo nos pondría en contra de lo que dicen todos los tratados de derechos humanos que reconocen “el derecho del hombre y de la mujer a contraer matrimonio y a fundar una familia”, pero en ningún momento dicen que solo lo pueden hacer del mismo modo y no en sentido contrario.
Lo otro que se argumenta es que el sí no lo debe dar la Corte sino el Congreso, pues como el tema ha sido tan sensible, es mejor que la mayoría decida. Pero precisamente es para esto que existe la Corte, para garantizar que en una democracia deficitaria como la nuestra exista una institución que proteja en derecho a todas las personas de la discriminación y la injusticia.
Por esto es que mal haría hoy la Corte si decide postergar de nuevo la decisión, en una especie de “sí, pero no”. Es decir, que para quedar bien ante la sociedad la Corte diga que prohibir el matrimonio igualitario es una forma de discriminación, pero que para lavarse las manos, diga que le corresponde al Congreso reglamentarlo. Así, ni para las bodas de plata la logramos.
Los contrayentes han venido libre y voluntariamente, los invitados ya están listos y expectantes: Corte ¿Acepta el matrimonio igualitario?