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Columna

Lo que callan las licencias ambientales

Ante la altísima conflictividad e innumerables casos en que se evidencian tensiones entre proyectos extractivos y DDHH se requiere una regulación general de las autorizaciones ambientales que permita superar estas inadmisibles ausencias.

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Negociando desde los márgenes: La participación política de las mujeres en los procesos de paz de Colombia (1982-2016)

La participación de las mujeres en los procesos de paz en Colombia ha sido mínima. Además, las mujeres han encontrado numerosos obstáculos en el momento de incidir en el Estado y de posicionar el enfoque de género y de derechos de las mujeres en las instituciones. ¿Por qué la persistencia de estos obstáculos? ¿Por qué es indispensable que las mujeres participen?

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Columna

Umbrales y participación

La reconocida dificultad de alcanzar los umbrales para refrendar un eventual acuerdo de paz o revocar a un alcalde plantea la siguiente pregunta: ¿no será que la Constitución de 1991 se equivocó al prever umbrales para la aprobación de estas decisiones que son altos para Colombia y que además son “umbrales de participación” y no “umbrales aprobatorios”?

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Columna

Referendo y adopción

 

El principal argumento de Viviane Morales para un referendo sobre la adopción de parejas del mismo sexo se basa en una idea incompleta de la democracia: la democracia es el gobierno de las mayorías. Pero es justo esta premisa solitaria la que resulta incompatible con nuestro modelo democrático. 

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Artículo de Litigio

Intervención en el proyecto de ley estatutaria de reforma política.

Dejusticia intervino ante la Corte en el control de constitucionalidad del proyecto de ley estatutaria de reforma política, específicamente en el estudio de los artículos 2°, 28 y 47.
En nuestra opinión, el artículo 2, que amplía la prohibición de no pertenecer a más de dos movimientos o partidos políticos con personería jurídica al incluir los que no tienen personería jurídica, es constitucional por ser una medida razonable que no afecta el núcleo esencial del derecho político de afiliarse o retirarse de una organización política. Apoyamos también la constitucionalidad del artículo 28 referente a la cuota de participación política (los partidos o movimientos políticos deben incluir mínimo un 30% de cada sexo en la conformación de listas para corporaciones públicas) ya que es coherente con los deberes del Estado en materia de promoción de participación política de las mujeres, la realización efectiva de sus derechos, el cumplimiento de obligaciones internacionales, entre otras. Finalmente, solicitamos la inconstitucionalidad del artículo 47 que modifica la conformación del censo electoral por vicios en su trámite legislativo, porque incorpora un trato desigual e injustificado entre los votantes y abstencionistas de las elecciones pasadas, y porque atenta contra el concepto de censo electoral.

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