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¿Vigilancia disciplinaria o… ideológica?

El poder disciplianrio existe para sancionar a un funcionario que abuse de su poder o no cumpla con sus funciones.

Por: Rodrigo Uprimny Yepesmayo 12, 2013

El poder disciplianrio existe para sancionar a un funcionario que abuse de su poder o no cumpla con sus funciones.

Eso se desprende de su entrevista con María Isabel Rueda, pues Ordóñez defiende la objeción de conciencia para todo notario que, después del 20 de junio, no quiera formalizar el vínculo de una pareja del mismo sexo, mientras que amenaza con sanción disciplinaria a aquel que opte por casar a esas parejas.

Como se recordará, la Sentencia C-577 de 2011 de la Corte Constitucional estableció que, como el Congreso no legisló sobre el tema, a partir del 20 de junio las parejas del mismo sexo “podrán acudir ante notario o juez competente a formalizar y solemnizar su vínculo contractual”.
Esa orden de la Corte es infortunadamente ambigua. He sostenido (http://bit.ly/166HURn) que la mejor interpretación de ese mandato es que los notarios o jueces procedan a casar a esas parejas. Pero otros creen que la alternativa es recurrir a un contrato no previsto en la ley, que han llamado unión civil solemne. Hay pues una controversia interpretativa sobre cómo acatar esa orden. Pero no hay ninguna duda de que la orden existe y debe ser cumplida.

Ordóñez no está de acuerdo con esa sentencia, ni con la idea de que las parejas del mismo sexo formen familia y menos aún que puedan casarse. Es su visión religiosa y como particular puede creer en ella. Pero como procurador tiene el deber de acatar y hacer cumplir la sentencia de la Corte.
Pero Ordóñez prefiere desatender sus funciones e imponer su ideología, torciéndole el pescuezo al derecho, con una doble operación.

Primero, convierte en incierto lo que es jurídicamente claro, pues invita a los notarios que compartan su repulsión a la homosexualidad a que invoquen la objeción de conciencia para incumplir la orden de la Corte. Esto es inaceptable. Si alguien voluntariamente acepta ejercer una función pública, como lo hace un notario, no puede dejar de cumplirla invocando una objeción de conciencia. Otra cosa es la situación de un médico frente a un aborto, pues éste no ejerce funciones públicas.

Segundo, convierte en dogma lo que es controvertido, pues amenaza con castigo al notario que decida cumplir la orden de la Corte casando a una pareja del mismo sexo, simplemente porque Ordóñez no está de acuerdo con esa interpretación.

Como quien dice, impunidad para el notario que incumpla su deber pero esté de acuerdo con el procurador, y castigo para aquel que cumpla con su deber pero discrepe de la visión de Ordóñez.
Por todo ello, el anuncio de que Ordóñez no se lanzará a la Presidencia es una de las peores noticias, pues el procurador, en vez de hacer abiertamente política e intentar persuadirnos, seguirá usando su poder disciplinario para imponernos su ideología.

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