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La visita del relator especial de la ONU sobre Pueblos Indígenas culminará con un informe sobre la situación de Colombia. | EFE

6 recomendaciones para el informe Colombia que presentará el relator sobre Pueblos Indígenas

El experto de la ONU, que se encuentra de visita en el país hasta el próximo 15 de marzo, debe poner lupa a los impactos del conflicto armado en los pueblos indígenas, el incremento de casos de violencia sexual en las comunidades, las violaciones a derechos humanos en medio de la venta de bonos de carbono, entre otros.

Por: DejusticiaMarzo 11, 2024

El Relator Especial de la ONU sobre los derechos de los Pueblos Indígenas, José Francisco Calí Tzay, se encuentra en una visita oficial en Colombia desde el pasado 5 de marzo y hasta el 15 de este mes. Según informó Naciones Unidas, el Relator hará una revisión especial a la situación de los derechos territoriales de los pueblos indígenas, a los derechos de las mujeres y de la niñez indígena, así como al derecho a la participación en asuntos públicos y a no sufrir represalias por ejercer la defensa y promoción de derechos humanos.

Durante estos días, el experto se ha reunido con autoridades del Estado, con organizaciones indígenas y de la sociedad civil en Bogotá, mientras se ha trasladado a varios departamentos para recopilar información de autoridades, líderes y personas pertenecientes a los pueblos. Con esto, Calí Tzay elaborará un informe que presentará en diciembre de 2024 ante el Consejo de Derechos Humanos en septiembre de 2024.

Sobre el contenido de éste,  desde Dejusticia proponemos seis recomendaciones para el Gobierno de Colombia, que el Relator debería incluir en su informe de visita oficial.

1. Abordar de manera urgente la violencia derivada del conflicto armado que afecta a los pueblos indígenas

Lo anterior, teniendo en cuenta que, entre 2020 y 2022, en Colombia fueron asesinados un aproximado de 247 líderes y lideresas, sabedores y sabedoras. La situación es particularmente crítica en departamentos como Nariño, Putumayo, Valle del Cauca y Cauca, donde se ha registrado un aumento significativo de homicidios y siembra de minas antipersonal, de artefactos explosivos improvisados con características de minas antipersonal y de municiones sin explotar. En igual medida han aumentado los confinamientos, amenazas individuales y colectivas y casos de violencia sexual contra niñas, adolescentes y mujeres adultas.


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2. Reconocer la correlación entre las violaciones a los derechos humanos y el impacto en los territorios

Esto implica, desde una perspectiva biocultural, reconocer que la naturaleza y las comunidades tienen una relación inescindible, es decir, que la supervivencia del uno depende del otro. Este enfoque ha sido abordado en la jurisprudencia de la Corte Constitucional a partir de la sentencia T-622 de 2016, donde se reconoció al río Atrato como sujeto de derechos, lo que marcó un hito en América Latina y el Caribe.

3. Dar cumplimiento a las órdenes dadas por la Corte Constitucional para superar el Estado de Cosas Inconstitucional (ECI) en La Guajira

Después de casi siete años de este fallo, persiste la crisis humanitaria que afrontan los pueblos indígenas del departamento por falta de acceso a alimentos, agua potable y servicios de salud. Por ello, es necesario garantizar la ejecución del Decreto 0147 de 2024, por el cual se crea el Mecanismo Especial de Seguimiento y Evaluación de las Políticas Públicas para la superación del mencionado ECI en los municipios de Manaure, Riohacha, Maicao y Uribia (La Guajira). Específicamente, es clave la articulación y coordinación armónica entre las entidades que conforman el Mecanismo.


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4. Garantizar los derechos territoriales de los pueblos indígenas

Una situación que ha sido señalada de manera reiterada desde varias organizaciones indígenas, y en especial por la Comisión Nacional de Territorios Indígenas (CNTI), es la necesidad de descongestionar los procedimientos de reconocimiento formal de territorios. Igualmente, el Estado debe avanzar en una comprensión del significado integral que tienen éstos para los pueblos.

En cuanto a los instrumentos para reportar los avances en esta materia, se hace necesario crear un mecanismo que permita hacer un seguimiento adecuado. Dicho mecanismo debe indicar cifras claras sobre: (i) actos administrativos registrados y pendientes de registro que han sido gestionados en cada gobierno; (ii) actos administrativos expedidos en anteriores gobiernos y registrados por el actual gobierno, y (iii) actos administrativos entregados materialmente[1]. Así mismo, debe haber una diferenciación clara entre las hectáreas que están siendo formalizadas mediante la implementación de la política de Reforma Agraria y las de la implementación de la Reforma Rural Integral derivada del Acuerdo Final de Paz[2].

5. Garantizar el derecho a la salud sexual y reproductiva de las mujeres indígenas, sin discriminación basada en su género, dentro o fuera de sus comunidades

Esto implica garantizar que no se repitan errores del pasado, como la exclusión de su derecho a decidir sobre la interrupción voluntaria del embarazo, una error que la Corte Constitucional ha rectificado, pero que lamentablemente causó graves perjuicios a las mujeres indígenas. Asimismo, es fundamental avanzar en acciones concretas para que estas mujeres puedan acceder a servicios de salud sexual y reproductiva que respeten y comprendan sus necesidades culturales, promoviendo así su bienestar integral.

6. Que se regule el comercio de créditos de carbono para evitar violaciones a los derechos de los pueblos indígenas

Incluyendo mecanismos que garanticen: i) La supervisión de las actividades de las entidades que certifican la cantidad de créditos de carbono que pueden generar un proyecto y de los intermediarios que negocian con las comunidades. ii) La transparencia contractual, tal como usualmente se exige en la gestión de asuntos ambientales. iii) El cumplimiento al derecho a la consulta previa y el consentimiento previo, libre e informado, el cual implica el reconocimiento de las autoridades tradicionales indígenas y sus mecanismos de toma de decisiones. iv) La protección de los pueblos indígenas frente al despojo de sus territorios, el debilitamiento de sus estructuras de gobierno y la fractura del tejido social de las comunidades.

Todo esto con el fin de evitar que se presenten violaciones a los derechos de los pueblos indígenas, como las que se han presentado en la Amazonía colombiana: en el territorio Pirá Paraná y el de los Nukak Maku o en resguardo indígena del Gran Cumbal en Nariño.

Conoce nuestra denuncia por el riesgo de un mercado de bonos de carbono sin regulación

[1] https://www.cntindigena.org/incongruencia-en-las-cifras-de-formalizacion-de-los-territorios-indigenas/

[2] Ibid.

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